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domingo, 21 de enero de 2024

¿Es seguro El Salvador?

 ¿Es seguro El Salvador?

Sí lo es, a diferencia de los años anteriores al 2020 en las calles de El Salvador se percibe que no morirás a manos de criminales. 

Soy una persona que ha vivido toda su vida en este país puedo decir que de los 90 a los año 2000 crecí con cierto miedo a la delincuencia, ya habían pandilleros rondando por ahí, lo hacían con libertad, sin ocultarse, ni en su forma de vestir, ni en sus tatuajes… y si veías a uno era seguro que venía por algo… posiblemente un asalto a mano armada o a pedir una colaboración de forma intimidante.

Luego de los planes de mano dura, súper mano dura del gobernante en turno, la inseguridad de esos años iva creciendo a tal grado que en el año 2008 ya se vivía mucho miedo, circular por las calles era de alto riesgo, los crímenes eran cada vez más recurrentes: asesinatos, extorsiones, asaltos, secuestros, había un promedio de 17 muertos diarios. Increíble esos momentos donde la autoridad, los policías y soldados se cubrían el rostro para que los pandilleros no los reconocieran en su tiempo de licencia, porque los buscaban y luego los asesinaban a ellos y a su familia. Y los criminales andaban por la calle con el rostro al descubierto.

Luego la década del 2010 al 2020 era insoportable, mi edad rondaba entre los 25-35 años, salir a la calle era una amenaza, y sobre todo circular por zonas de alta peligrosidad era una locura… los crímenes eran horrendos, lujo de barbarie, inenarrable, dantesto, de horror interminable, y sin temor a equivocarme todos los salvadoreños teníamos una historia de cómo un conocido, el familiar de un amigo, un familiar, o uno mismo había padecido un crimen, y variedad había desde asaltos, amenazas hasta desapariciones y ejecución a muerte, y a mano de pandilleros. Yo fui víctima de un asalto frente a mi casa: quisieron robarle el carro a un amigo pero el asalto se vio comprometido y no se pudo concluir, las balas de los asaltantes casí matan a mi amigo… yo por suerte logré ocultarme hasta que todo terminó.

¿Y hoy?... es diferente, es cierto. No quiero decir que no hay crímenes, porque rateros y delincuencia común siempre hay, gente que se pasa de lista siempre sobra, pero se percibe un ambiente diferente, al menos uno tiene la sensación que no lo van a matar por nada en la calle; se ve más presencia policial y militar. Por eso no me extraña la popularidad del actual gobierno, muchas personas con las que he platicado comentan que ya pueden circular con más tranquilidad en la calle, un señor en una oficina de gobierno, mientras esperábamos ser atendidos me comentó, que había recuperado su apartamento que había sido tomado por pandilleros; otros vendieron su terreno, que antes estaba sitiado por criminales.

La ley suprema de El Salvador es la Constitución de la República,  y en ella el primer capítulo habla de derechos fundamentales de los seres humanos, y precisamente dice el artículo 1

 

LA PERSONA HUMANA Y LOS FINES DEL ESTADO

Art.1.- El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.

ASIMISMO RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE LA CONCEPCIÓN.(12)

En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.

 

Como muchos en El Salvador, estamos cansados de la delincuencia al grado que había alcanzado, y esperamos que esto perdure en el tiempo, porque si esto es temporal, no quiero ni imaginar la furia de la bestia delincuencial que hoy está encerrada en el CECOT y con toda seguridad va arremeter contra a población civil, honrada, desarmada y que ha apoyado con justa razón al gobierno actual.

Si algo es bueno, hay que apoyarlo, si una acción es beneficiosa para la comunidad, hay que apoyarlo.

Dejo como ejemplo del pasado este par de vídeos de Youtube...recomendado. No sé cuál será el futuro de El Salvador, y espero que sea permanente.





Gracias, gracias por leer este blog.



domingo, 18 de abril de 2021

¿Que pasa con los fetos en El Salvador?

Es muy triste, pero existe una gran cantidad de bebes que no llegan a completar su gestación, su nacimiento, no alcanzan a conocer la vida como a nosotros los “vivos” se nos ha permitido, sea por causas naturales o por maldad humana, hay muchos fetos que no alcanzan su desarrollo y mueren. ¿Y entonces que hacen con esos cuerpecitos de humano?  





En El Salvador existe la ley denominada Ley  transitoria del Registro del Estado Familiar y de los regímenes patrimoniales de 1995, que de transitoria no tienen nada, por que es aun aplicable a muchos casos actuales.- Ella contiene el artículo 43 donde se trata del ARCHIVO DE DEFUNCIONES FETALES,  el cual dice literalmente:

Art. 43- Las anotaciones del archivo de defunciones fetales deberá contener: a) El nombre propio, apellido, edad, estado familiar, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio lugar de nacimiento número y clase de documento de identidad de los progenitores del fallecido o de la madre en su caso y, b) el numero de semanas completas de gestación.

Debo confesar que existen artículos que aun me sorprende que existan aun de tener ya más de 10 años en el ejercicio profesional y este es uno de ellos.

¿Existe en El Salvador un archivo  o registro de las defunciones fetales? No he tenido la oportunidad de corroborarlo, pero es de hacer notar también que en la misma ley está el artículo 39 donde se describe qué hechos son registrables, en cuanto a las defunciones, y es claro al decir en el inciso dos, que No será sujeta a inscripción las defunciones fetales, es decir las muertes ocurridas con anterioridad a la expulsión completa o extracción del cuerpo de la madre de un producto de la concepción, cualquiera que haya sido la duración del embarazo; luego el artículo refiere al número 25 de la misma ley donde debe determinarse que al momento de la expulsión o extracción del feto debió tener signos de vida. De tal forma que de estas defunciones solo son meramente estadísticas.

En referencia al Hecho Registrable, el Artículo 25 de la citada ley dice: En este registro… (De nacimientos)… se inscribirá todo nacimiento vivo, es decir la expulsión o extracción completa del cuerpo e la madre, presidiendo de la duración del embarazo, del producto de la concepción que después de tal expulsión o extracción respire o manifieste cualquier otro signo de vida, tal como el latido del corazón pulsaciones del cordón umbilical o moviendo efectivo de músculos voluntarios, si hubiera o no sido cortado del cordón umbilical y este no esté unida la placenta.

Bueno y entonces aquí aparentemente hay una contradicción si el artículo 1 de la Constitución está reconociendo como ser vivo y sujeto de derechos al no nato, ¿porqué en estos artículo se le trata como un producto?

La ley que estamos tratando fue promulgada en noviembre de 1995 y la reforma constitucional que reconoce al no nacido como un ser vivo sujeto de derechos es de febrero de 1999.

El Artículo 1 Constitución de la República, en su segundo inciso dice: “… Así mismo se reconoce como persona humana a todo ser humano desde el momento de la concepción”.

De tal forma que la ley secundaria (Ley  transitoria del Registro del Estado Familiar y de los regímenes patrimoniales) contiene estos artículos desactualizados y merece la pena ser revisados y reformulados conforme a lo que mandata la Constitución.

En El Salvador no es permitido ningún tipo de aborto, y en opinión personal es uno de los crímenes más ruines que el ser humano puede cometer, frente a un ser inocente y totalmente desprotegido, se de muchas madres que por condiciones especiales de su saludo han perdido a sus hijos antes de nacer y han honrado a su hijo con toda la solemnidad que estas perdidas conllevan, pero desconozco con certeza del archivo que registra las defunciones fetales.

No me cabe duda que existen clínicas clandestinas en El Salvador donde se practica el aborto  y de los casos registrados en los hospitales me atrevo a suponer que no pasa de un registro estadístico o una constancia médica simple donde se determina el estado de saludo del paciente (madre) poniendo al no nato como un simple dato extra.


Como sociedad debemos progresar en este sentido, la vida es lo más importante, su respeto integral desde su concepción no debe ser virtual, romántico sino efectivo, y el reconocimiento pleno de los derechos debe ser igualitario y justo para todos los seres vivos. Quizá me estoy alejando de la mística de este blog, pero es importante destacar que las leyes deben estar encaminadas a la protección de todo ser humano en su condición o etapa que esté.


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sábado, 30 de enero de 2021

Violencia representada en el Arte.

La violencia intrafamiliar es un fenómeno cultural trascendente para el Derecho puesto que se configura como un conjunto acontecimientos que invaden y violentan la esfera jurídica de un individuo. Por eso las leyes contra la violencia hacía las mujeres, que es hasta estos días un hecho notorio de difícil erradicación.

El artista Salvadoreño Ronald Moran creó una obra excepcionalmente ilustrativa para este fenómeno, la conocí como "utensilios" en ella el artista incorpora una serie de instrumentos generalmente utilizados en labores de cocina, envueltos en una especie de algodón suave y que dan ganas de tocar. Algo importante de mencionar es que si hubiese conocido la obra tal cual se observa, hubiera seguido creyendo por todos estos años que en realidad esos utensilios estaban recubiertos de un algodón suave, amable al tacto, dulce, esponjoso, digamos: una envoltura de amor. Pero ¡no!, Ronald Morán utiliza ese simbolismo para obtener ese efecto pero analizando más a profundidad la obra descubrimos la realidad.

La violencia doméstica es a todas luces al interior de una familia, no está expuesta a simple vista. Las apariencias permiten creer que todo está bien, pero en el fondo, en el interior existen roses, punzones verbales o emocionales, golpes, acciones cortantes de la personalidad, que marcan y dejan huella para la vida. Así de cruel es la violencia intrafamiliar, la violencia doméstica y cualquier otra violencia de género oculta; disfrazada de amor de ternura, muchas personas comenten estos abusos, mujeres contra hombres, hombres contra mujeres, jóvenes contra ancianos y viceversa.


La obra de Ronald Moran, son esos utensilios de concina, de esos que se usan ahí donde se cocina el alimento diario, de extremo a extremo vemos utensilios que se usan con cierta gentileza y acercándonos al centro los que requieren de mayor ímpetu o fuerza para lograr un cometido. Fueron envueltos no en algodón como aparenta, sino, en un material áspero, incomodo tal cual la parte áspera de una esponja de cocina. Así se disfraza la violencia, así de cruel.

Gracias por leer este blog.

sábado, 8 de agosto de 2015

Violencia es violencia.

Mucho se habla del abuso que comenten los hombres contra las mujeres, en diversos sentidos y en todas las áreas de la vida; en los últimos años el empoderamiento de las mujeres en la vida social es evidente y en muchas ocasiones no existe un trato equitativo entre mujer y hombre, hombre y mujer.

A continuación un vídeo que te mostrará algo que se está viviendo. De hecho al revisar el libro de registro de demandas por violencia intra-familiar en el Juzgado de Paz de Santa Tecla, El Salvador, encontrarás un alto indice de violencia generada por mujeres a hombres.



Pasa también en El Salvador, aun cuando se cree que el machismo se impone, existe un buen número de mujeres que son agresoras.

Igualdad de genero se refiere a ambos géneros.

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miércoles, 1 de julio de 2015

Niños expuestos a la violencia.

No doy seguimiento a los noticieros y periódicos porque solo brindan malas noticias, en vez de llamarse noticieros debería llamarse “muertómetros”, solo se reportan muertos, muertos y más muertos, crímenes, robos y para aderezar el menú se incluyen declaraciones infértiles, más de lo mismo de políticos ineficientes. En otras palabras es decepcionante y estresante. Vale la pena estar al tanto de la realidad nacional, pero debe ser dosificado con mucho cuidado.

Si a los adultos nos afecta la noticia amarillista de los diversos medios de comunicación, ¿has pensado cómo afectará a los niños, niñas y adolescentes? ¡Les afecta aún más!, porque ellos como igualando el comportamiento de una esponja, ven, oyen, aprehenden y reproducen lo que se da en su entorno; un ejemplo inocente… después de ver un episodio de cualquier dibujo animado o programa infantil, lo emulan, juegan a que son “X” o “Y“ personaje; del mismo modo no sería raro que tarde o temprano imiten el comportamiento que ven a diario de los adultos, lo que ven en su familia, lo que ven en su comunidad, lo que ven en la televisión por medio de noticias, novelas, narco series, películas de acción.

En El Salvador se emitió recientemente una Ley denominada Ley de Protección Integral de la niñez y la adolescencia, cuerpo legal que pretende proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, responsabilizando a tres factores sociales en proporciones iguales: el primer factor es la familia, quien debe proveer protección al niño niña o adolescente frente a espectáculos, programas radiales, escritos o televisivos de contenido nocivo. El segundo factor social es El Estado quien debe regular programas radiales, escritos o televisivos de contenido nocivo con políticas y legislación adecuada, con el afán de proteger que los niños, niñas y adolescentes no sean espectadores de violencia. El tercer factor es la sociedad en su conjunto, quien debe proteger de protagonizar frente a niños, niñas y adolescentes, cualquier tipo de violencia o acciones que le puedan inculcar comportamientos inadecuados. Por ejemplo insultos, peleas callejeras, violencia doméstica, agresiones a vecinos… y mucho menos que esos comportamientos sean transmitidos en programas radiales, medios escritos o televisivos de contenido nocivo.

¿Quién compone cada factor social? La Familia: tíos, abuelos, papá, mamá, hermanos, primos o cualquier miembro de la familia nuclear o extendida. El Estado: funcionarios públicos de todas las carteras de Estado. La Sociedad: Todos los que no están incluidos en los dos puntos anteriores, es decir el vecino, amigo de la familia, los transeúnte, profesor, director de sociedad o empresas, trabajador ambulante, medios de comunicación, etc.

La Ley mencionada establece en el artículo 96 la “protección de los niños, niñas y adolescentes frente a información nociva e inadecuada”. El aludido artículo menciona que para tal cometido se prohíbe la difusión de espectáculos públicos, difundir publicaciones impresas, de vídeos, grabaciones auditivas, programas televisivos, radiales y de cualquier otro medio de comunicación que contenga mensajes inadecuados o nocivos para su desarrollo o formación. En la actualidad ¿qué es lo que más hacen los medios de comunicación? Difundir narco-series, noticieros “muertómetros”, periódicos impresos atascados de violencia. Juzgue usted mismo si el factor social está cumpliendo su rol de protección.

El mismo artículo menciona que El Órgano Ejecutivos en el ramo correspondiente definirá las franjas horarias de los programas aptos para niños, niñas o adolescentes, debiendo informar la naturaleza y las edades para los que se recomienda. El estado emite la ley, y deja al medio de difusión de noticias que vea como cumple, medio fiscaliza, medio da seguimiento al cumplimiento de la ley, pero a todas luces el trabajo es poco acucioso y el cumplimiento de la ley es poco aplicada. Juzgue usted si el Estado está cumpliendo con exactitud con la ley.

Es cierto que en muchos programas televisivos se visualiza con antelación la clasificación del programa próximo a transmitir, con esta acción el medio televisivo se lava las manos y traslada la responsabilidad a la familia, situación que es inaceptable porque el programa violento (me refiero con énfasis a los noticieros), tienen su auge en horarios donde la familia entera aún se encuentra viendo televisión, inclusive los niños, niñas y adolescentes. Lo más adecuado sería obligar a los medios televisivos a transmitir los noticieros en altas horas de la noche, o cuando el índice de espectadores de niños, niñas o adolescentes sea menor.



Por otra parte los medios escritos como periódicos, revistas, pasquines no tienen ningún tipo anuncio o clasificación que advierta las edades adecuadas para la lectura del mismo y mucho menos existe un control en cuanto a quién lo compra; de fácil acceso se encuentran en tiendas, supermercados, en cercanías de semáforos, quioscos, librerías, farmacias y otros comercios que sin control del Estado difunden medios impresos con información nociva para niños, niñas y adolescentes.

Finalmente la familia, siendo el principal responsable de la protección de los derechos e integridad psicológica  de niños, niñas y adolescentes, por lo general no es consciente de su valiosa participación en el aspecto de la protección frente a la información nociva e inadecuada, en ocasiones por ignorancia o por descuido.

Analizado así de forma muy general el cumplimiento del artículo 96 de la Ley de Protección de la Niñez y la Adolescencia, por parte de los tres factores (familia, estado y sociedad), se puede concluir que en El Salvador no existe una protección efectiva para niños, niñas y adolescentes sobre la información nociva que se difunde, de tal forma que siguiendo así no podrá garantizarse una  generación sana psicológicamente, o una generación menos violenta; si los tres factores no toman responsablemente su papel dentro de la protección. Las consecuencias son claras: se continuará con personas violentas, agresivas, personas que no respetan los derechos de otros y así se continuará por muchos, muchos años más, aun cuando se reformen las leyes penales, porque no se atiende con seriedad uno de los tantos motivos del origen de tanta violencia social.

Posiblemente te interese leer esta otra publicación: Sensacionalismo en televisión.


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martes, 30 de junio de 2015

Los crímenes por odio también existen en El Salvador.

Todos los crímenes son despreciables pero los crímenes por odio son aún más detestables, precisamente porque son dirigidos con dolo, con toda la intención de provocar un daño a una persona determinada o a un grupo social específico. Es denominado crimen de odio cuando una persona ataca a otra, eligiéndola con antelación por razones de pertenecer a un grupo social determinado: edad, género, religión que profesa, etnia a la que pertenece, nacionalidad, ideología o afiliación política, discapacidad física y orientación sexual. Puede consistir en lesiones físicas, difamación, hasta llegar al robo o el homicidio. Evidentemente estas conductas catalogadas como crímenes de odio, son generados por prejuicios, y ha existido en toda la historia humana, el máximo referente es el exterminio de judíos en la segunda guerra mundial, otro hecho connotado son los crimines hacia personas de raza negra. 

En El Salvador también se han dado recurrentemente los crímenes de odio, un caso conocido es el aplastamiento militar que sucedió en la década de los años 1930, donde casi se exterminó a la población indígena de El Salvador que se alzaba en protestas por reformas legales impuestas relacionadas la propiedad de la tierra.

En los últimos años un crimen de odio que está cobrando auge en El Salvador son los cometidos contra personas que pertenecen a la comunidad LGTB. La preferencia sexual de estas personas es vista como un pecado abominable y un mal que debe ser exterminado. Ya lo mencionaba en una publicación anterior: la igualdad ante la ley no se verifica en la práctica y estos grupos o minorías sociales sufren un mayor impacto en cuanto a la desigualdad de trato, no solo ante la ley sino también ante una gran cantidad de instituciones de gobierno y funcionarios públicos. Uno de los casos más conocidos en estos días es el de las agresiones provocadas por parte de agentes de la Policía Nacional Civil, a un miembro del Cuerpo de  Agentes  Metropolitanos de San Salvador que en su vida privada es transexual; lo vapulearon y lo apresaron por supuesta resistencia al arresto y otras causas. Dando seguimiento a las noticias supe que fue llevado a una institución de salud del Estado para tratar sus heridas y golpes, pero fue igualmente maltratado por el personal de la institución.

Como mencionaba más arriba el Estado debe regular este tipo comportamientos de forma preventiva impulsando campañas educativas en todos los niveles sociales e inclusive reformando la legislación existente. Una de las principales acciones a impulsar para disminuir este tipo de crímenes es la reforma de los artículos 129 y 155 del Código Penal de El Salvador, con el objetivo de establecer agravantes en la imposición de la pena a quienes haya cometido crímenes por odio, determinando con toda precisión cuándo es considerado “crimen por  odio”.

Sabiendo que el Estado no lo hace de forma inmediata, cada uno nosotros puede aportar un poquito dentro de su familia, siendo tolerantes, educándose al respecto, entendiendo porqué las personas son diferentes y los beneficios que eso trae a la sociedad, dejando de lado los fanatismos religiosos, buscando la manera de apoyar a todas las personas en función de su dignidad como humanos, miembros de una sociedad que pretende crecer en valores positivos. Ya existe mucha violencia en la sociedad como para agregar más violencia por incomprensión o intolerancia.



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lunes, 29 de junio de 2015

La igualdad ante la ley

 El artículo 3 de la constitución de la República de El Salvador dice que: “Todas las personas son iguales ante la ley.”, pero en la realidad eso no es cierto, la práctica enseña que un funcionario público no tendrá el mismo trato que el vendedor ambulante de zapatos. Tampoco existe igualdad de trato ante la ley entre las personas que viven en la comunidad populosa del centro de San Salvador, frente a las personas que viven en las casas de zaguán grande en residenciales de la Colonia Escalón Norte.

Esa diferenciación es visible con mayor claridad al sintonizar un noticiero nacional en horas del medio día o al finalizar la tarde, donde se informa con lujo de detalles la cantidad de muertos y los operativos que se desarrollan para dar con los posibles hechores.

Este día en particular se informaba de un hecho criminal donde los ampones atacaron a balazos un taller de la Policía Nacional Civil, en el hecho falleció un mecánico y fueron heridos 2 agentes del orden. A consecuencia del crimen se dio persecución y rastreo de los hechores, además se desplegó un fuerte operativo policial para dar con los responsables. Hoy en particular participó un helicóptero y patrullas, pero ya se ha visto  la intervención de tanques de la Fuerza Armada, Agentes de Unidades policiales especializadas, miembros de la Fuerza Armada y todos encapuchados, con chalecos anti balas, fusiles, granadas y pistola de todo tamaño.

Entre las actividades que se realizan, por lo general, implica sitiar una comunidad o población donde supuestamente hay miembros de pandillas criminales. Irrumpen en las casas y revuelven todas las pertenencias que ahí se encuentran, si en el lugar está un joven entre los 15 años o un hombre que ronde los 40 años es capturado, esposado y sometido violentamente, frente a los ojos de su familia, le quitan la camisa y lo llevan semi desnudo hacia la bartolina del puesto policial más cercano en vías de investigación aun que no exista un verdadero indicio de su participación en el crimen. Eso es justo lo que está pasando en El Salvador, a diario, tal cual sucedía en los años 1980 cuando inició el conflicto armado. Ya está faltando las torturas y la desaparición de personas.

En términos técnicos una persona capturada es una persona inocente, hasta que no se le haya probado lo contrario. Pero en la práctica esa persona capturada en el operativo policial y confinada a una celda maloliente pasará al menos 3 días, con buena suerte, o una semana en esa condición, y para colmo de males su rostro ya ha salido en televisión nacional. ¡Qué igualdad de ley ni que nada! eso no existe en El Salvador, y si puede evite contacto con los agentes de autoridad, especialmente si no debe nada.



Todos debemos conocer la ley y procurar su cumplimiento en cada acción que decidamos poner en marcha, pero las autoridades, llámese Policía Nacional Civil o Fuerza Armada, no se le puede pasar la mano en temas de Derechos humanos, y justamente eso es lo que están haciendo en la actualidad, rebasar los límites del abuso de poder. Se supone que tienen todo el andamiaje estatal para sistematizar su actividad represiva o preventiva orientada al criminal y no agravar a la gente honrada que no tienen nada que ver con los malhechores. Implicarlos en una investigación solo porque viven en una comunidad populosa, privarlos de libertad es una injusticia suprema.


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domingo, 21 de junio de 2015

Vecino intolerable.

Siendo abogado debería poner en práctica las vías civilizadas para resolver un asunto de desacuerdo vecinal, pero hoy no, más que como abogado, como humano normal he tenido que alzar la vos y soltar algunos sapos y culebras por mi boca. 

Todos tenemos un límite que rebasado provoca exabruptos, profiriendo groserías intentando hacer valer un derecho… pero en mi caso particular no es una situación de ayer para hoy, es el cúmulo de soportar y soportar, días tras días el constante golpeteo de paredes, retumbar de pisos, relajos una y otra vez de un vástago del vecino que presume de Hulk, acróbata o deportista extremo al interior de su casa, casa por cierto colinda pared con pared con mí casa.

Y no solo eso, también por años esa deleznable familia han realizado una serie de abusos, irrespetos a la propiedad y altanerías que hoy se llegaron al límite. Para colmo de males el tal vecinito se siente ofendido y en la reyerta verbal me acusa de todo lo que él hace. El desgraciado no se percata cuan molesto es.

Deben existir muchos de casos como el mío en tu vecindario y después de mi reacción de hoy francamente no tengo la calidad moral para recomendar paciencia tolerancia y utilizar la vía civilizada que las leyes marcan para resolver estos asuntos, porque lo he vivido, en estos casos no es lo más ágil, no es lo más próximo para defender los propios derechos, cuando el hartazgo te suelta lo más primitivo que el humano puede contener por freno de la cordura y la educación.

No puedo despojarme de mi naturaleza  humana como tampoco de la vocación que profeso, por eso  en esta ocasión y con toda la pena que merece,  debo recomendar precisamente eso que yo no he podido hacer: tenga paciencia, denuncie a su vecino ante las autoridades utilizando la vía civilizada, evite confrontaciones que puedan llegar a la violencia física; luego reflexionando, ya con la cabeza fría, es lo que menos problemas acarrea. Recuerde que todas las acciones traen consecuencias, en mi caso particular, te contaré en qué termina este drama vecinal, eso sí, no me voy a dejar, tanto derecho tiene mi vecino de hacer en la intimidad de su casa las orgias, los bacanales, cualquier aberración de la que le creo capaz hasta de cabrear como un energúmeno reprimido, como yo tengo del derecho de descansar, estar en silencio, reposar y buscar el sosiego como me da mi muy preciada gana.

Voy a poner en marcha los mecanismos legales que existen, voy a asumir las consecuencias reales que se deriven de esta lamentable situación que no se debe a otra cosa que a la poca capacidad de mi vecino de llevar la fiesta en paz, su total incapacidad de comunicarse como un homo sapiens.

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domingo, 27 de octubre de 2013

Maltrato infantil: doméstico y social.

En el mes de... (octubre, para El Salvador en Cetroamérica; en otros países se celebra otros meses del año)... se celebra el Día del niño con fiesta, regalos, piñatas, alegría y dulces. 

Muy atinado, pero también debe incluirse en este día actividades encaminadas a fomentar, conocer, respetar y enseñar sobre los derechos de los niños y niñas, inclusive de adolescentes…porque esa es la razón central del día del niño: celebrar el avance en el reconocimiento de los derechos de un sector de la población, que ha sido abusado desde el inicio de los tiempos, principalmente por carecer de poder, fuerza, o medios económicos.

A pesar del significativo reconocimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia, se siguen cometiendo crimines imperdonables, sumamente graves, que sufren cualquier tipo de niño, sin discriminación social; incluyendo todo tipo de violencia que se conoce hasta la fecha. 

Las guerras y conflictos armados de todos los continentes, en el transcurso del siglo pasado, incluyeron en las filas militares o guerrilleras, a niños, niñas y adolescentes. Todas las sociedades actuales del mundo, aunque presuman de su evolución tecnológica o científica, incuban la violencia en los niños, niñas y adolescentes de diferente forma, los maltratos son permanentes constantes y de todo tipo.

Abordaremos brevemente dos tipos de violencia muy comunes en toda sociedad actual.

LOS ABORTOS

A continuacion presento las estadísticas de abortos a nivel mundial, tomados de la OMS (Organización Mundial de la Salud):

26 millones de abortos legales al año.
20 millones de abortos ilegales al año.
Total aproximado: 46 millones de abortos.

Solo en América Latina, se producen aproximadamente 4.140.000... (ha leído bien son CUATRO MILLONES...) de abortos. Contando solamente con los datos que han sido captados. Tómese en cuenta que a en tema de estadísticas no se puede ser preciso, sino que, se basan en estimaciones lo más aproximada a la realidad.
Estadísticas de abortos anuales.

El aborto es:
  • Uno de los crímenes más horrendos que el humano puede cometer.
  • Es un crimen contra un ser vivo, indefenso totalmente. Las organizaciones pro-aborto comenten el error de creer que el no - nato, aun dentro del cuerpo de la madre, es similar a un órgano interno, y que la madre puede disponer de su cuerpo a su antojo.
  • Es un crimen que ha trascendido culturas y siglos de supuesta evolución humana.

 MALTRATO INFANTIL

Son tristes los datos de abortos a nivel mundial. Abordando el maltrato infantil no es más alentador. El maltrato infantil es una causa de sufrimiento que aqueja a la niñez desde los inicios de la sociedad humana, y tiene consecuencias a largo plazo. 

La sociedad actual es el producto de una niñez sana o insana, conflictiva o pacifica, educada o inculta.

El maltrato infantil no es exclusivo de determinados sectores de la sociedad. Tanto los niños de familias con suficiente educación o recursos económico, como los niños y niñas de familias de bajo estrato social sufren de este mal.

Es determinante tener en cuenta los diferentes entornos donde el niño vive: La familia es la principal fuente de aprendizaje y donde más maltrato puede llegar a sufrir un niño, niña o adolescente; en la familia se forman los primeros conocimientos y aproximaciones a la vida como tal, aprendiendo valores, y comportamientos que luego serán reproducidos en la edad adulta. El maltrato puede ser físico o psicológico. Con este último podemos considerar insultos, menosprecios tales como: "este niño es aragán", "sos un bueno para nada", "te pareces a tu papá" (como un mal referente). Incluyamos también desatenciones: ropa sucia, falta de aseo personal, permisibilidad en ver programas televisivos o jugar juegos inapropiados.

Luego la sociedad moldea paradigmas, y otras formas comportamiento, aquí los maestros y las escuelas toman un papel preponderante, puesto que son la segunda fuente de aprendizaje de los esquemas básicos y rectores del desarrollo y comportamiento de todo ser humano, que acude a ella para educarse. 

La sociedad en general, el Estado y los gobiernos juegan un papel importante en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. El estado debe promover la difusion y respeto de los derechos contenidos en las leyes a favor de los niños y niñas... sancionar a quienes abusen de sus derechos y desarrollar programas para atender las necesidades de aquellos niños que por diversas razones están siendo descuidados. La sociedad tiene como responsabilidad denunciar el irrespeto de los derechos y exigir a las autoridades un efectivo trabajo para la protección de la niñez y la adolescencia.



Si el niño, niña o adolescente en este trinomio de educación recibe maltratos y todo tipo de abusos en sus derechos fundamentales, no puede esperarse que de grande respete o genere un ambiente de cordialidad.

Las estadísticas arrojan que aproximadamente un 20% de las mujeres manifiestan haber sufrido abusos en su niñez. Por el lado masculino, aproximadamente un 10% de los hombres ha referido abusos en la infancia. Lo alarmante es que casi el 50% de los niños de ambos sexos refieren maltratos físicos en algún momento de su vida.

La OMS define como maltrato infantil todos los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, estos incluyen todos los tipos de maltrato físico, psicológico, económicos, abuso sexual, desatenciones, negligencia y explotación comercial, o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño.

La definición de la OMS incluye: “La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.” 

En nuestra sociedad actual suele suceder que los padres tengan conflictos de pareja, al tener discusiones acaloradas frente a sus hijos, estos reciben un tipo de violencia directa que afecta gravemente sus estados psicológicos y emocionales.

La violencia infantil es un mal social que puede ser disminuido sustancialmente, cuando los adultos tienen conciencia de su comportamiento frente a seres humanos con derechos y sumamente frágiles por su condición y edad.


La invitación de su servidor es frenar todo tipo de violencia infantil que este a su alcance, con los niños o adolescentes que vivan en su entorno, buscando de forma responsable y madura la mejor manera de educar, guiar o corregir a aquel niño, niña o adolescente, que hoy es un ser humano como cualquier otro, con derechos que deben ser respetados. Sabiendo además que a largo plazo ese pequeño niño, niña o adolescente será parte de una sociedad más evolucionada, digna y valerosa.

Fuente:
Maltrato infantil OMS

jueves, 25 de abril de 2013

Homicidio piadoso y ayuda al suicidio.



En todo el mundo la vida humana es un derecho protegido por las leyes; En El Salvador la vida está protegida desde el momento de la concepción. Atentar contra la vida es penado con prisión.

Esta nota de blog trata sobre la muerte provocada a una persona por piedad, para que no continúe sufriendo. Tema que es tratado por la película que en habla hispana se  conoce como “Doctor Muerte”, y en inglés: “You Don’t Know Jack”; história relacionada con la experiencia del Doctor Jack Kevorkian condenado a ocho años de prisión en el año 1999 por ayudar a que se suicidasen más de ciento treinta enfermos terminales en Estados Unidos.

Dice el Código Penal de El Salvador:
HOMICIDIO PIADOSO
Art.130.-El homicidio causado por móviles de piedad, con el fin de acelerar una muerte inminente o poner fin a graves padecimientos, será sancionado con prisión de uno a cinco años siempre que concurran los requisitos siguientes:

  • Que la víctima se encontrare en un estado de desesperación por sufrimientos observables, que fueren conocidos públicamente y que la opinión de los médicos que la asistan así lo hubiere manifestado;
  • Que el sujeto activo estuviere ligado por algún vínculo familiar, amistad íntima o de amor con el enfermo; y,
  • Que el sujeto pasivo demostrare su deseo de morir por manifestaciones externas de ruegos reiterados y expresos.
INDUCCIÓN O AYUDA AL SUICIDIO
Art. 131.- El que indujere a otro al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo, si ocurriere la muerte, será sancionado con prisión de dos a cinco años.

¿Se realizan estas prácticas en El Salvador?

No tengo información alguna que confirme o niegue el hecho que en los hospitales públicos o privados se practique clandestinamente el homicidio piadoso, o la inducción al suicidio, pero debe ser una práctica común… (aclaro que es una suposición)… puesto que el hacinamiento es enorme, y seguramente prefieren dar prioridad a enfermos que puedan ser recuperados, frente a aquellos que ya están prácticamente desahuciados… y me refiero especialmente a los ancianos que no pueden defenderse y luchar por el respeto a su vida.

La indiferencia continúa, mientras no sea su turno, y se disfraza de eufemismos. La vida y la muerte. Inseparables.

Código Penal de El Salvador. Artículos 130 y 131
Constitucion de la República de El Salvador Artículo 1 y 2

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viernes, 15 de marzo de 2013

Cómo evitar robos y asaltos.



Los estudios científicos de Derecho Penal o criminología definen al delincuente como un enfermo social, por consiguiente la delincuencia es la enfermedad de la sociedad. Como todo padecimiento hay que conocer cómo y por qué causas se da. Tómese en cuenta que la delincuencia no está solamente en los países en vías de desarrollo, es más, los crímenes más vejatorios e indignantes suelen ocurrir en países desarrollados; la delincuencia común es la que más afecta a todas las  la poblaciones del mundo por igual.

Para evitar asaltos, robos o ser víctima de la delincuencia, - en cualquier lugar del mundo- hace falta dos ingredientes básicos que Usted debe conocer: Primero estar desprevenido y segundo estar en el lugar o en el instante incorrecto.

Antes definamos dos tipos de delito: el hurto consiste en la sustracción de objetos del propietario sin que se ejerza ningún tipo de violencia física o verbal; la víctima no percibe en qué momento le quitan de su alcance las cosas. Por otro lado el robo implica una acción dirigida a la víctima, por lo general  intimidante, acompañada de armas de cualquier tipo, o bien con golpes, cuyo fin es el de arrebatar las pertenencias de la víctima.

Un sitio web especializado en seguridad menciona que “La desconfianza es la madre de la seguridad”, de tal manera que los consejos para evitar asaltos tienen que ver con lo enunciado en esa frase.

Trate de evitar en lo posible:
Moverse en horas nocturnas y lugares oscuros.
Circular en lugares solitarios, de día o de noche.
Vestir o llevar prendas que puedan motivar al delincuente a asaltarlo.
Ingresar a lugares de poca confianza o que Usted desconoce su peligrosidad.

El delincuente aprovecha la oportunidad basándose en su comportamiento o lenguaje corporal: camine cabizbajo, desprevenido de todo su derredor y el delincuente tendrá un 50% de éxito en su asalto.

El delincuente actúa en base a motivación visual: si usted tiene vestimentas, o prendas decorativas llamativas en su persona, en apariencia oro o plata, el pillo tendrá otro 50% para actuar.

Lugares más comunes de asaltos.
El transporte colectivo: especialmente en horas de máximo tráfico o de menor tráfico de personas.
Al llegar o salir de su casa de habitación: el delincuente observa que mientras abre o cierra la puerta existe oportunidad de asaltar, por este motivo esta operación debe realizarse con mayor rapidez posible.
Lugares solitarios: el delincuente aprovecha lugares sin testigos para cometer sus fechorías. Evite transitar en lugares solitarios.

Recuerde: la desconfianza es la madre de la seguridad.
Los delincuentes son creativos pero Usted es más inteligente: ponga en práctica estos consejos y evitará muchos asaltos y robos.

Si ya sufrió un asalto, no dude en denunciarlo a las autoridades si desea iniciar un proceso penal contra una persona determinada, puede consultarlo con su abogado, tome en cuenta que entre más pronto ponga su denuncia o inicie su acusación penal, existen más probabilidades de éxito.

martes, 6 de noviembre de 2012

De quién es la calle, en San Salvador.


En El Salvador la ley aplicable para determinar quién tienen derecho al uso de las vías públicas, se encuentra regulado principalmente por el Código Civil; justamente es en el Libro segundo, capítulo tercero, artículo 571, donde se establece claramente que… “se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la Nación. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la Nación como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes de uso público…”

Con los recientes acontecimientos del centro capitalino en el tema de desalojo de ventas informales en las cercanías del parque conocido como Hula Hula, cabe mencionar que también el Código Civil lo tiene regulado, y menciona que para cualquier uso de los particulares en dichas calles, se estará sujeto a las ordenanzas generales de la localidad.

Al respecto menciona el mismo cuerpo legal, que para el uso de esos bienes nacionales de uso público, y siendo más puntual, para la construcción de cualquier tipo estructura, los vendedores debieron solicitar un permiso especial a la autoridad competente.

En todo caso si hubiesen tramitado ese permiso, el Código Civil establece en el artículo 583, que estas personas no tienen más que el uso y goce del mismo, y no la propiedad del suelo, debiendo ser restituidos (el uso y goce), al Estado por ministerio de ley, en el preciso instante que es terminado el permiso otorgado.

Con el caso de las ventas informales, las personas desalojadas, se encuentran en una desventaja inconmensurable en materia legal, pues existe una gran cantidad de disposiciones jurídicas que les deja sin derecho por ser alegado, para conservar su puesto de venta.

  • Los bienes del Estado nunca pueden ser objeto de una ocupación ni pasiva ni forzosa.
  • Las calles de la ciudad no pueden ser objeto de tradición (compra venta, como sucede con un inmueble de propiedad privada).
  • Por su estado de ilegalidad no existe un control tributario adecuado haciendo a sus propietarios vulnerables de una acusación de evasión fiscal.
  • El desarrollo de actividades laborales se encuentran al margen de la ley, muchos sino es que casi todos los puestos laborales que ahí se desarrollan, no están registrados en el Ministerio de trabajo, y por tanto no existe contratos laborales ni prestaciones sociales mínimas para los trabajadores.


En resumen la existencia de este tipo negocios se convierte en una anarquía jurídica total, donde el control es casi nulo, poniéndose en práctica el dicho popular: “en rio revuelto ganancia de pescadores”.

De ahí que muchos negocios que comenzaron con una humilde armazón de láminas desvencijadas, con el ahorro de impuestos, consumo ilegal de energía eléctrica, ahorro de pago de local y otros tantos desquites, se conviertan en verdaderas fuentes de ingresos, permitiendo al poco tiempo, poner ladrillo de cerámica sobre la vía pública, para hacer más llamativo el puesto de venta, colocar luces atractivas, y hasta pagar vigilancia privada por las noches.

El problema es más complejo aun de lo que escribo en estas líneas, pero la conclusión es la misma: las ilegalidades tarde o temprano se terminan, y la ley del más fuerte se hace sentir en cualquier momento.

¿Por qué construir un edificio sobre arena?. Muchos de los comerciantes ya han prosperado, siendo así debieron regularizar su situación legal y continuar por la vía solida, antes que llegar a lo que les sucedió con los desalojos.

Pero así es la cultura salvadoreña tristemente, se vive el día a día, no se prevé a futuro.

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...