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viernes, 26 de enero de 2024

4 consejos legales para jóvenes que buscan empleo.

Ya estás buscando empleo o estas trabajando, por favor lee estos consejos y ponlos en práctica. En un pasado no muy lejano hubo personas que murieron luchando por los derechos de los trabajadores, en tu beneficio y en honor de su vida, haz que valga la pena el logro de estos derechos laborales, con estos:

4 consejos legales para jóvenes que buscan empleo.

NEGOCIO BILATERAL.

1.-Usted está vendiendo sus servicios, la parte patronal le va a pagar por ello. Legalmente esto es un contrato bilateral donde el joven aspirante a empleado va hacer un trabajo y la otra parte va a pagar por ello. Es un negocio de dos personas en igualdad. Usted puede aceptar las condiciones, negociarlas o rechazarlas.

DIGNIDAD.

2-Usted, joven aspirante a trabajador, tiene derechos, lo protege la ley, en específico el Código de Trabajo. En El Salvador tenemos una ley laboral “pro operario”, término técnico que significa simple y llanamente, que esa ley busca proteger y amparar más los derechos del trabajador que los del empleador. Existen muchas presunciones legales que le benefician a usted joven trabajador, por ejemplo: el contrato de trabajo existe desde que usted trabaja 3 días seguidos bajo las órdenes de un patrono. Otro: se presumen ciertas lo que dice el trabajador cuando demanda al patrono por despido injusto.

DERECHO A RETRACTARSE.

3-Usted está en la libertad de retirarse de un trabajo cuando ya no se sienta bien, cuando lo humillen, cuando el empleador lo trate como esclavo, cuando no le reconozcan su salario a tiempo, cuando le exijan más de lo convenido en la contratación. Es práctica de los empleadores decir al joven: “este es el trabajo y tenés que sacarlo sea como sea” o “tenés que estar acostumbrado a trabajar bajo presión”. ¡No!, hay límites, y usted joven trabajador desde el inicio debe poner límites. No se deje pisotear. El ministerio de trabajo tiene oficinas que amparan al trabajador cuando hay situaciones de abuso. Otro ejemplo: en la reunión de trabajo el empleador o jefe se exaltó, e insultó con toda la caja de lustre al trabajador. Esto es motivo de denuncia. Nadie debe ser humillado.

PRUEBAS.

4-La gente cambia, sea desconfiado, registre toda su actividad en un block de notas, en un cuaderno escolar, lleve un registro personal de su trabajo, una bitácora de memorias. Con la facilidad de la tecnología usted puede hacer un registro de las actividades que realice; de ser posible grabe vídeos, audios; todo esto puede servir de prueba al momento de una demanda por incumplimiento de contrato. Los abogados que le acompañen frente a una demanda por Despido Injusto se lo agradecerán enormemente; la mayoría de casos que ellos promueven se desvanecen porque no tienen ni un indicio de prueba de la relación laboral ni de los extremos de la demanda.

 

Gracias por leer este blog.

Consulte, haga comentarios, envíame un correo.




jueves, 4 de octubre de 2012

La mentira en un contrato laboral.


Las empresas privadas, instituciones autónomas de gobierno, y otras dependencias del Estado en los últimos años han adoptado una pésima práctica basada en la falta de conocimiento de las personas que contratan, y en la necesidad de estas de obtener ingresos, (emplearse), para sufragar sus gastos: se trata de emplearlos con un contrato cuyo plazo de vigencia es de un año.

Al finalizar el año de contratación los empleados empiezan a sufrir de estrés y la incertidumbre de que no le renovarán el contrato  subsiste año con año.

Examinemos el artículo 25 del Código Laboral Salvadoreño que dice en su primer inciso: “Los contratos relativos a labores que por su naturaleza sean permanentes en la empresa, se consideran celebrados por tiempo indefinido, aunque en ellos se señale plazo para su terminación”.

El artículo es claro al mencionar que aunque en ellos… (los contratos)… se señale plazo para su terminación, las labores de un ordenanza, de un empleado administrativo, de un mensajero, de un jardinero, de una secretaria ejecutiva o de una persona encargada de la atención al cliente… entre otras, se consideran contratadas por tiempo indefinido y la razón  es sencilla, puesto que su trabajo es parte cotidiana del ejercicio de la empresa o institución donde trabaja.

Existe una mentira consistente en hacer creer a las personas contratadas (empleados), que los han contratado por un año o período de tiempo determinado, y que si el patrono decide no renovar el contrato laboral, el empleado debe retirarse sin pedir indemnización alguna, quedando el patrono en la libertad de contratar a otra persona.

Las reglas establecidas por la ley no permiten tal abuso, es más, establece claramente cuándo un plazo determinado para la terminación del contrato es válido, y  es estrictamente taxativa en ese sentido.

¿Cuándo son válidas las estipulaciones de plazo determinado para un contrato laboral?

La primera razón es cuando las condiciones objetivas que motivaron el contrato, las labores a realizarse puedan ser calificadas de transitorias, temporales o eventuales. Por ejemplo cuando una empresa pretende aumentar sus ventas con stands publicitarios, contrata edecanes, impulsadoras y otras personas encargadas de promover un producto al público por un tiempo determinado. Esas personas estarán por un tiempo transitorio, por un motivo temporal para hacer publicidad. Aquí es válida la estipulación de plazo determinado para un contrato laboral.

La segunda razón es siempre que para contratar se hayan tomado en cuenta circunstancias o acontecimientos  que traigan como consecuencia la terminación total o parcial de las labores, de manera integral o sucesiva. Por ejemplo cuando se contrata a jornaleros o cortadores de café, cuyas actividades van disminuyendo paulatinamente a medida se acaba la temporada de cosecha del grano de oro. O con los albañiles que construyen un edificio. Aquí es válida la estipulación de plazo determinado para un contrato laboral.

A manera de conclusión si a Usted le dicen que no le renovarán su contrato laboral, no se sienta atemorizado por perder el trabajo, Usted deberá aplicar los siguientes consejos:

A pesar de que su contrato laboral se venció o terminó, siga llegando al centro de trabajo a desempeñar sus labores normalmente.

Si le niegan la entrada o le dicen que ya no lo quieren ver por ahí, por que Usted ya no tiene contrato de trabajo en esa empresa, entonces puede considerarse despedido, y por tanto puede ir a denunciar el despido por causa injustificada al Ministerio de Trabajo de El Salvador y demandar de su patrono una indemnización por despido.

No se deje engañar, no pierda su trabajo, no se deje abusar en sus derechos laborales.

Consulte más sobre este tema,
 deje un comentario en este blog.

miércoles, 3 de octubre de 2012

Cómo afrontar un despido laboral.

Año con año, llegando la finalización del período para el cual fue contratado, llega también la zozobra y las noches se vuelven largas pensando si será despedido y cómo hará si eso llega a suceder.

Acorde Jurídico le brinda  estos consejos para enfrentar esa situación con un enfoque jurídico y así, al menos, defenderse adecuada y oportunamente... desde antes del despido, durante el despido y después del despido.

Antes de un despido laboral:
Partimos del supuesto real, no infundado o habladurías, de que habrá recorte de personal y uno de los candidatos es Usted.

Si tiene acceso y confianza con su superior o jefe inmediato, pierda la pena y converse con él o ella, a fin de preguntarle claramente si habrá recorte de personal en su área, y si Usted está en la lista de candidatos a ser despedidos.

Si tiene contrato laboral escrito, téngalo a la mano, léalo y entiéndalo.

Verifique que su patrono lleve al día sus cotizaciones de seguros, y otras prestaciones laborales que otros empleados a su mismo nivel tienen; consulte a la institución donde se dirigen los descuentos. En El Salvador son las AFP, INPEP e Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

Aunque debería ser un prácica continua, no falte al trabajo por cualquier motivo: por un dolorcito sin sustento o resfriado común, evite cualquier tipo de falta o mancha en su historial laboral.

Durante el despido laboral.
Ya está confirmado: finalizará su contrato.

Tenga en cuenta que para despedir a una persona el patrono debe llevar a cabo dicho despido en la forma establecida en la ley; existen causas de despido que no dan responsabilidad al patrono y así evitar el pago de una indemnización pero, dichas formas están claramente definidas en la ley, son 20 causales definidas en el Código Laboral de El Salvador a partir del artículo 50; sugiero que las lea, buscando "Código Laboral de El Salvador" en internet para ampliar esta información.

Un despido laboral no necesariamente tiene que ser comunicado por su jefe, puede realizarse de muchas formas: por ejemplo quitándole trabajo al trabajador, al punto que no tienen nada que hacer, negándole el acceso al centro de trabajo el vigilante u otras personas, por medio de una carta de despido (caso muy raro), mandándolo a decir con una llamada, etc. Todos son igualmente despido.

Su actitud en este momento deberá ser respetuosa, y lo más equilibrada posible para no dar motivos al patrón que le despide, de inculparle faltas que puedan perjudicarlo más tarde.

Hay patronos que con el objeto de que Usted no pueda iniciar una acción legal en contra de la empresa, le ofrecen pago de indemnizaciones u otras prestaciones a futuro, a manera de promesa; o que tal recomendación que tanto anhela para conseguir otro trabajo, está por ser firmada por un superior, todo esto para que, pasado ese tiempo, Usted pierda el derecho de interponer una demanda, puesto que existen plazos para demandar.

De tal forma que después del despido no se duerma con promesas futuras inestables o inciertas... debe aplicar lo siguiente:

Después del despido laboral
¿Qué hacer? ... inmediatamente después de saber que ha sido despedido, o inclusive percibir la intención real de despedirlo, acuda al Ministerio de Trabajo de El Salvador e interponga la denuncia respectiva. Ahí le tomarán una declaración  donde podrá explicar cómo y desde cuándo fue despedido, le calcularán la indemnización por despido a recibir y se tomarán las medidas legales pertinentes.

La inestabilidad laboral es una realidad diaria, y a pesar que existen leyes que pretenden dar tranquilidad al trabajador, por causa de la burocracia y un sistema mal diseñado de aplicación de justicia, muchas personas han perdido la fe en los tribunales laborales autoridades o leyes especialistas en la materia.

No obstante es más recomendable luchar y perder que nunca haber procurado defenderse.



Los derechos laborales han costado literalmente SANGRE HUMANA y muchas LUCHAS SOCIALES a través de la historia: úselos, defiéndalos, practíquelos... solo así los derechos laborales se respetarán.

Gracias por visitar este blog.

sábado, 10 de septiembre de 2011

Ley de Burós de crédito

¿Que es un buró de crédito?
Es una empresa dedicada a almacenar o registrar la información crediticia de las personas que solicitan créditos en las instituciones financieras o almacenes del comercio común. Su objetivo es conocer el comportamiento de determinada persona al momento de horrar una deuda. Si es buena paga o mala paga.

Con esta información los comercios y financieras pueden decidir si otorgar nuevos créditos o negarlos.

Recientemente se ha promulgado una ley denominada "Ley de Burós de crédito" que pretende regular el uso adecuado de la información que estas empresas manejan, puesto que con anterioridad se daban muchos inconvenientes con la información vulnerando principalmente el derecho de intimidad de las personas, a través de los datos que manejan. En otros casos las personas habían horrado sus deudas y continuaban en la lista negra de los comercios y financieras de tal forma que no podían obtener más créditos.

Algunos aspectos interesantes regulados por la ley:

  1. El historial crediticio de una persona deberá ser actual de tal forma que refleje con mayor exactitud si esa persona es buena o mala paga.
  2. Toda personaque tenga acceso a la información está obligada a manejarla con sumo cuidado y evitar manipulaciones que afecten el derecho de intimidad documental de las personas.
  3. Las quejas por errores o abusos de estas empresas serán antendidas por la Defensoría del Consumidor quien tiene facultades para sancionar.
  4. Todo consumidor tienen derecho a conocer su historial o registro manejado por estas empresas de manera gratuita y oportuna.
  5. Toda persona tienen derecho a solicitar la rectificación inmediata de su historial cuando hayan errores que le afecten directamente.
Como toda ley tiene sus ventajas y desventajas, consulte más con su abogado o deje un comentario en este blog.

La violación sexual y su condena.

  Leyendo el periódico de hoy me encuentro este titular de noticia: Violador fue condenado a más de 50 años de prisión. En resumen el hoy co...