Mostrando entradas con la etiqueta Registro. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Registro. Mostrar todas las entradas

sábado, 9 de enero de 2021

¿Cómo ubicar un inmueble en El Salvador, sin tener una sola pista?

En todos las oficinas del Centro Nacional de Registro, así como en las Alcaldías Municipales suele haber una oficina de catastro que, en sencillas palabras, es la oficina que se encarga  de llevar un registro y localización de los inmuebles, en ella se busca detallar las medidas lineales y superficiales, la naturaleza de cada inmueble, su valor y productividad, su nomenclatura y demás características.

 


En específico, en el Centro Nacional de Registro existe una oficina catastral a la que todo ciudadano puede llegar a solicitar información sobre un inmueble. Si tu objetivo es averiguar si una persona tiene o no propiedades en El Salvador, debes pedir primero un Indice Registral, por el departamento en el que estas investigando. Luego con esa información que te brinden ahí puedes solicitar en catastro una ficha registral, y a su vez, solictar al técnico que te la entregue te explique cuál, de las parcelas ahí reportadas, es la que tu estás investigando.

 

Mediante una ficha catastral usted puede obtener información sobre la titularidad del inmueble, número de parcela, matrícula y otros datos importantes al momento de vender, donar, comprar o realizar cualquier otra acción legal relacionada con los inmuebles.

 

Con la ficha catastral usted no obtiene un resultado concluyente sobre el estado legal de una propiedad, pero si le puede dar suficientes pistas para iniciar un trámite determinado, por ejemplo, remedición de inmuebles, venta o compra de inmueble, reunión de inmueble.

 

Espero esta información te haya servido como una guía. Si tienes alguna pregunta puedes escribirla en los comentarios de esta entrada o enviarme un correo electrónico.

 

Gracias por visitar este blog.

 

lunes, 29 de abril de 2019

Cambio de nombre de una persona que ya murió.

Si, es posible, modificar el nombre de una persona que ya murió, y la necesidad surge con más frecuencia de la que se cree.

He tenido ya varios casos de personas que vienen a mi oficina, con el fin de iniciar las Diligencias de Aceptación de Herencia de un familiar que ya ha fallecido, el problema se presenta cuando, al examinar la documentación, para sustentar el parentesco o filiación de la persona que solicita mis servicios, con la persona que ha muerto, se detecta que ésta última, en el transcurso de su vida, fue conocida por diversos nombres.

Para trámites  de reclamación de prestaciones Sociales por fallecimiento, aceptación de herencia, cobros de seguros, es indispensable establecer que la persona que ya ha muerto, fue conocida por otros nombres, y es ahí donde mi cliente debe iniciar las "Diligencias de Idenitdad post mortem", que son similares a las "Diligencias de Identidad" de una persona que aun vive, en cuanto a requisitos y trámites. Ambas diligencias son gestionadas y comandadas en su totalidad por el Notario a quien se le solicitan.

La diferencia en estos casos, de personas que ya han fallecido, es que el testimonio que emite el Notario, se asentará en el Registro del Estado Familiar, donde fue inscrita la Partida de Defunción. En dicho documento se hará mención, por medio de una nota al margen, que la persona fallecida era conocida también por otros nombres.

Te invito a leer esta otra publicación donde explico cómo es el trámite y requisitos para solicitar una Diligencia de Identidad


Gracias por visitar este blog. 
Haz un comentario o pregunta.

Abogado y Notario en El Salvador
Laboral-Familia-Penal
Contratos-Escrituras-Poderes-Actas



lunes, 29 de enero de 2018

¿Casado, Viudo o Divorciado?... es Soltero

En El Salvador se llama Estado Familiar a la calidad jurídica que tiene una persona en relación a la familia y por el cual la ley le atribuye determinados derecho y deberes, otras personas aun le llaman Estado Civil, cuando desde 1994 técnicamente se le conoce como Estado Familiar.

Hay 4 Estados Familiares reconocidos por la Legislación de Familia en El Salvador, al menos aun no me percatado si existe una reforma al respecto:

1- Soltero.
2- Casado.
3- Divorciado
4- Viudo.

Aun cuando la ley reconoce a las uniones libres la posibilidad de que cada persona invoque un derecho frente al otro, no ha sido establecido el estar "acompañado" como un Estado Familiar.

Por otra parte en el año 2017 se aprobó una reforma al Código de Familia, en el articulo 186, donde se acuerda que cuando una mujer pierde a su pareja por muerte, puede optar por conservar el Estado Familiar de "Viuda" o retornar al de "Soltera". De la misma forma si la mujer se ha divorciado puede optar entre conservar el Estado Familiar de "Divorciada" o  retornar al de "Soltera".

Para probar el Estado Familiar se prefiere la Partida de... según sea el caso: Nacimiento, Matrimonio, Defunción, Divorcio. También el Estado Familiar debe estar reflejado en el Documento Único de Identidad de cada salvadoreño.

Es importante mencionar que en ocasiones las personas no actualizan sus documentos y esto genera confusión, por eso me permito sugerir que gestione y actualice sus documentos de identidad para que en caso de exigir el cumplimiento de un derecho, todo se encuentre listo y en regla; y usted preguntarà por un ejemplo: cuando usted va a solicitar se le declare heredero de su pareja, o cuando va a solicitar ser  beneficiario al momento de cobrar la pensión.

Gracias por visitar este blog.
Deja un comentario, o consulta le responderemos lo màs pronto posible.

martes, 16 de septiembre de 2014

Precaución al comprar un inmueble.

Si usted va a comprar un inmueble: una casa, una parcela, un terreno, un lote o un apartamento debe tomar medidas de precaución para que no lo engañen.

No está demás mencionarlo: en El Salvador existe una Institución del Estado que se encarga de llevar un registro de propiedades denominado: Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas; los datos que ahí se llevan son públicos, es decir, cualquier persona puede indagar y conocer el estado legal de una propiedad.

En casi todos los departamentos de El Salvador existe una sede del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas. Para saber donde ir a preguntar, lea la escritura de la propiedad... al final del documento debe haber una referencia que haga mención del lugar donde está registrado.

Cerciórese que la propiedad que le están vendiendo se encuentra legalmente registrado en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas.

También puede solicitar al Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, un documento llamado "Certificación Extractada", que consta de una hoja con sello y firma por funcionarios de esta institución, donde se menciona claramente y de forma resumida, tres aspectos elementales:



El nombre del propietario, 
o los nombres de los propietarios:

Esto le permite verificar que quien le está vendiendo es el legitimo dueño. Si quien le está vendiendo no es el que aparece en ese documento, tenga mucho cuidado.

Recuerde esta frase: Todo inmueble debe tener un Registro que lo ampare. Si usted decide comprar el llamado "derecho" de una casa o terreno, debe asegurase de comprender exactamente todos los detalles del negocio.


El porcentaje del derecho de propiedad:

En ocasiones la propiedad de una casa, o un pequeño terreno está dividida en un porcentaje del 50% para cada uno. En estos casos quien le vende, solo le puede vender su parte, es decir, su 50%... para que le vendan la otra porción, el otro dueño también debe dar su consentimiento.

Existen propiedades donde el dueño es solamente una persona; en este caso solo necesita comprobar que quien le está vendiendo es el mismo que aparece como dueño del 100% de la propiedad.


Estado legal de la propiedad

Este dato le permitirá saber si la propiedad está libre de gravamen, hipotecada o con una anotación de embargo. 

Si está libre de todo gravamen, quiere decir que sobre ella no hay otros derechos u obstáculos legales que puedan generar inconvenientes.

En cuanto a la existencia de una hipoteca o una anotación preventiva, en ambos casos usted debe tener sumo cuidado, por que son situaciones legales delicadas que deben ser resueltas previamente a la compra o venta de un inmueble.

Para su seguridad, y previamente a la compra de un inmueble puede solicitar un "Estudio e informe registral" donde podrá verificar todos los datos necesarios para evitar un fraude o estafa.

Acorde Jurídico brinda este servicio, garantizando su  calidad y fiabilidad en los datos proporcionados. 

Consulte más, deje un comentario.
Gracias por visitar este blog.



martes, 15 de julio de 2014

Cómo calcular los derechos de registro en El Salvador

Cuando se hace un trámite en el Registro de la propiedad, generalmente se paga una cantidad de dinero ya sea por solicitar una inscripción registral, o solicitar una constancia de un registro determinado; esos cobros están en una ley, permitiendo así calcular personalmente cuánto dinero se pagará en concepto de derechos de registro. 

De tal forma que registrar una hipoteca o una anotación de embargo, tienen un precio distinto al de una compraventa. Solicitar una carencia de bienes o una certificación extractada tendrán valores diferentes.

El arancel del registro se encuentra en la Ley Relativa a las Tarifas y otras disposiciones administrativas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, en el artículo 48. Cuerpo legal de El Salvador en Centroamérica.

¿Cómo calcular?
Cuando se compra una casa, el comprador, ademas de haber pagado equis cantidad de dinero por el inmueble, deberá solicitar se inscriba a su nombre en el Registro de la propiedad. Para efectuar ese registro deberá pagar una cantidad denominada "derechos de registro", que se calcula con una breve y sencilla operación matemática que le mostraré a continuación. 

Ejemplo:
Don Eduardo vendió una casa a Doña Juana por la cantidad de US$10,000.00 - diez mil Dólares de los Estados Unidos de América -. 
¿Cuánto pagará Doña Juana por concepto de derechos de registro?.

La ley dice que: "por cada centena... del precio expresado... pagará por... compraventas... la cantidad de 0.63 ctvs". Esta cantidad constituye el 0.63%  del valor total de la venta.



La operación se hace así:


Los derecho de registro que Juana pagará al momento de inscribir su compra en el Registro de la Propiedad Raíces e Hipotecas será de US$ 63.00 - sesenta y tres Dólares de los Estados Unidos de América. 


Calcule Usted mismo los derechos de registro que deberá pagar por su trámite verificando en la Ley Relativa a las Tarifas y otras disposiciones administrativas del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, en el artículo 48, el arancel que corresponda. Aplique la formula matemática proporcionada. 

Para finalizar debe saber también que al comprar un inmueble deberá pagar otros impuestos:
Si el valor de la compra del inmueble es mayor a US$28,571.42 se pagará un impuesto denominado "impuesto a la transferencia de bienes inmuebles"
Con las nuevas reformas al Código Tributario de julio del año 2014, si hace una transacción bancaria se le aplicara un impuesto.

Gracias por visitar este blog.

lunes, 7 de julio de 2014

Errores en la partida de nacimiento.

En ocasiones por las prisas y afanes laborales se cometen errores al momento de inscribir una partida de nacimiento,de defunción, de matrimonio, u otro dato al marginarse en las mismas.

Estos errores pasan desapercibidos por el usuario y mucho tiempo después es necesario arreglarlas.

Los errores en los documentos emitidos por el Registro del Estado Familiar, pueden resolverse acudiendo a un Notario autorizado por la Corte Suprema de Justicia, quien elaborará una escritura con la cual se hará constar los errores y la correspondiente corrección que debe hacerse.

El Notario entregará un testimonio al interesado, el cual debe presentarse a la oficina del Registro del Estado Familiar para que se corrijan los errores.

El trámite puede durar una semana o dos, dependiendo de varios factores que se deben valorar en cada caso particular. Los precios en cuanto a honorarios notariales son variados y debe tomarse en cuenta también que la Alcaldía Municipal cobra una pequeña cantidad por este trámite.

2 consejos: 
  1. Revise su documento en el mismo instante que lo recibe. Verifique nombres, letras, edades, firmas y todos los detalles. 
  2. Guarde siempre una copia de todo documento que posee.


Gracias por visitar este blog.

domingo, 8 de junio de 2014

Detalles sobre el Matrimonio legal.

 Entre muchos otros aspectos sobre contraer nupcias por la vía legal, lo más perceptible  es el acto mismo donde el Notario o funcionario autorizante expresa unas palabras previas a la firma de los novios. Pero... ¿cuándo es el momento exacto en el que ya ha nacido a la vida legal ese matrimonio?.

No puede determinarse con precisión pero si se puede mencionar que es la unión de una serie de pasos la que conforma el nacimiento legal de un matrimonio.

Uno de esos momentos es la disertación del funcionario o Notario que celebra el matrimonio. No es antojadizo que se extienda hablando sobre diversos asuntos, la ley establece como formalidad, realizar una reunión con los contrayentes y testigos, con solemnidad y seriedad establecidas, abordando brevemente ciertos temas y leyendo determinados artículos del Código de Familia.

Cumplidos los requisitos de ley se procede a conocer la voluntad de los próximos cónyuges quienes deben mencionar  clara e inequívocamente su consentimiento. 

Es ahí donde se pronuncian las palabras que muchos ya conocemos. Un ejemplo:

Notario: - Rogelio Augusto ¿quiere unir su vida en matrimonio con María Mercedes?  

A lo que debe responder:

Rogelio Augusto: - Si, acepto.

Y la misma pregunta para la señorita.

Esas palabras “si, acepto”, implican en esencia el compromiso ante testigos y el público presente, de su inequívoca voluntad en afirmativo de formalizar su vida de pareja y cumplir todos los deberes, derechos y obligaciones vinculadas al matrimonio, en este caso formalizado mediante la ley.

Posteriormente el funcionario autorizante, por mandato de ley debe pronunciar unas palabras a manera de sentencia, con las que sella el acto: “En nombre de la República quedan unidos solemnemente en matrimonio y están obligados a guardarse fidelidad y asistirse mutuamente en todas las circunstancias de la vida”.

Después de estas solemnes palabras se procede a la “firma de amor”; llenos de emoción los cónyuges estampan su sello personal en las hojas que contienen escrito lo acontecido en la reunión.

En este momento el acto jurídico es válido, vive legalmente… pero su formalidad no está completa hasta que se deja constancia en el Registro del Estado Familiar, de la Alcaldía Municipal del lugar donde se celebró el matrimonio.

La unión sucesiva de estos pasos es la que da vida real y efectiva al matrimonio celebrado. Es importante conocerlos, y verificar su estricto cumplimiento.

Ya unidos en matrimonio se habla de cónyuges. Las expresiones marido y mujer, esposa y esposo son usadas como sinónimos en el caló popular pero la expresión correcta es “Cónyuges”.


Gracias por visitar este blog.

Deje un comentario o consulta.

viernes, 7 de febrero de 2014

Cómo saber si es soltero, divorciado o casado.

Cuando inicia una relación surge la duda si él o ella estará casado, divorciado o soltero. A veces cuando ya nos han dicho la duda persiste entonces surge un nuevo reto: averiguar si es cierto lo que nos han dicho.

Si ya ha decido hacer una investigación sobre este asunto, puedo ayudar, pero solo en lo que se refiere a personas salvadoreñas. 

En El Salvador para saber con certeza si una persona es soltera, casada o divorciada deberá atender estas sugerencias:

Dónde buscar.

Lo más fácil es ver el documento de identidad emitido por una autoridad oficial en El Salvador: el Pasaporte, el Documento Único de Identidad (DUI) o la Licencia de Conducir emitida en El Salvador. Verifique fechas de emisión y de vencimiento. Será un buen inicio.

¿Hay dudas aun?. En casi todos los países del mundo existe un Registro donde se lleva control de la condición familiar de una persona; en ellos se puede saber si está soltera, en matrimonio, divorciada o viudez. Esta información es pública por lo que cualquier persona interesada en conocer la situación familiar de otra puede solicitarla. En El Salvador dicho registro se denomina "Registro del Estado Familiar" y encontrará una oficina en todas las Alcaldías Municipales del territorio de El Salvador.

Qué buscar.

El documento que expiden los Registro del Estado Familiar se denomina Certificación de Partida, que puede ser de “Nacimiento”, “Matrimonio” o de “Divorcio”. También existen las de  Defunción”, para comprobar cuando una persona ha muerto, por ahora no abordaremos este último tema.

Cómo buscar.

Para saber si una persona es soltera debe acudir al Registro del Estado Familiar del lugar de nacimiento de la persona; el DUI y el Pasaporte ya nos han dado este dato. 

En ésa oficina solicitará una Certificación de la Partida de Nacimiento, proporcionando el nombre completo de esa persona, los nombres de los padres y la fecha de nacimiento. 

Si está soltera deberá leer en este documento solamente datos que hagan referencia al nacimiento, de lo contrario observará una inscripción al margen del documento donde expresará si está en matrimonio o divorciado. Si no existe esta nota, la persona es soltera.

Debe tener en cuenta que muchas personas por descuido o malicia, no informan al Registro que han contraído matrimonio. Por eso hay muchas Certificaciones de Partida de Nacimiento no actualizadas y que omiten el dato de que esa persona ha contraído matrimonio. Para profundizar su investigación sobre la soltería de una persona continúe leyendo el texto de este blog.

Para saber si una persona se encuentra casada, es decir en matrimonio, deberá solicitar una Certificación de la Partida de Matrimonio bajo estas reglas:

  1. Si contrajo matrimonio dentro del territorio de El Salvador, acudirá al Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal donde sospecha se celebró el matrimonio. 
  2. Si contrajo matrimonio fuera del territorio de El Salvador, el registro del matrimonio puede estar en la oficina del Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Salvador.

Para saber con certeza si una persona se ha divorciado en El Salvador deberá acudir igualmente al Registro el Estado Familiar donde estaba asentada la Partida de Matrimonio por dos razones.

  1. Para solicitar una Certificación de Partida de Matrimonio en cuyo texto deberá decir “Cancelada en virtud de divorcio”.
  2. Para solicitar una Certificación de la Partida de Divorcio, donde se expresa la fecha en la que el Juez emitió la sentencia de divorcio.
Finalmente tenga en cuenta que es posible que una persona haya contraído matrimonio y se haya divorciado fuera del territorio de El Salvador, bajo las leyes de otro país y no exista registro de matrimonio que contrajo, ni del divorcio en El Salvador, por eso deberá buscar una partida de nacimiento reciente del investigado y acudir al Registro Civil del lugar donde sospecha se hayan efectuado el matrimonio o divorcio para solicitar más información.

Recuerde: una persona que contrae matrimonio en el Salvador no puede contraer otro matrimonio en ningún lugar del mundo, hasta que haya disuelto legalmente el anterior. Igualmente un salvadoreño que se divorcia debe registrar el divorcio conforme a las leyes de El Salvador para su validez. 

Consulte más, o deje un comentario en este blog.

Abogado y Notario en El Salvador
Laboral-Familia-Penal
Contratos-Escrituras-Poderes-Actas




miércoles, 6 de noviembre de 2013

Legalización de documentos en El Salvador.

La legalización es un paso necesario para que un documento emitido por autoridad salvadoreña tenga validez en otro país.

Existen dos tipos de legalizaciones con diferencias más en la forma que en su efecto:

  • El Apostille. Es un documento firmado y sellado que se anexa al documento que se busca sea válido en el extranjero.
  • La Auténtica. Consiste en un documento firmado y sellado anexo, que hace valer la firma de la autoridad emisora del documento que se busca sea válido en el extranjero.


Para saber cuál deberá solicitar, es necesario saber si el país donde fue expedido el documento es firmante del Convenio de la Haya. El Salvador es firmante de dicho convenio.

El Convenio de la Haya es un tratado-ley de tipo internacional, mediante el cual los países firmantes han establecido ciertas reglas para hacer más expedita la validez de documentos en varios países, siempre y cuando estén debidamente respaldados por autoridad competente".

Documentos de El Salvador con efectos en el extranjero.

Los documentos emitidos por autoridades salvadoreñas como certificaciones de partida de nacimiento, defunción, matrimonio o divorcio, sentencias judiciales, constancias firmadas por autoridad competente y otros deben legalizarse para su validez en el extranjero y puede hacerlo mediante la auténtica o el apostille.

Será autentica cuando el país donde deberá surtir efectos el documento, no es firmante del convenio de la Haya.
Será apostille cuando el país donde deberá surtir efectos el documento, es firmante del convenio de la Haya.

Realizada la legalización (auténtica o apostille) del documento en El Salvador, habrá de acudir a la sede consular de El Salvador, del país donde deberá surtir efecto el documento, para consultar otros trámites necesarios para su validez.

Documentos del extranjero con efectos en El Salvador.

El procedimiento es similar dependiendo de si el país es firmante del Convenio de la Haya. Para mayor información le proporciono un sitios web que puede visitar… contiene buena información relacionada con este tema.


Nota aclaratoria: el autor y editor de este blog no tiene ningún tipo de nexo con los sitios web proporcionados o las instituciones que representan. Se proporcionan como una sugerencia para ayudar a lector del blog a resolver sus dudas de forma práctica y eficaz.


domingo, 8 de septiembre de 2013

Divorcio de Salvadoreños en el extranjero.


El Código de familia de El Salvador menciona detalladamente el trámite a seguir cuando el matrimonio y el divorcio se realizan en el territorio de la República de El Salvador, pero solo contempla en su artículo 117 el caso de los divorcios decretados en el extranjero, haciendo difícil para muchos, conocer cuál es el procedimiento que deben seguir quienes por una u otra razón se divorcian en el extranjero, para que este tenga validez en El Salvador.




Es importante conocer estos detalles, porque de encontrarse con un vínculo matrimonial en El Salvador, aunque lo haya disuelto en el extranjero, si no lo ha registrado en El Salvador, y contrae otro matrimonio, corre el riesgo de cometer un delito denominado bigamia,( Bigamia-en-el-salvador.), por el cual deberá responder en cualquier momento que Usted entre en el territorio de El Salvador, si es descubierto.

En este tema abordaremos dos casos básicos: (a) Los cónyuges que siendo ambos salvadoreños contraen matrimonio en El Salvador, emigran, y en el extranjero se divorcian. Y (b), Los cónyuges que siendo uno salvadoreño y el otro extranjero, contraen matrimonio  en El Salvador, y luego se divorcian en el extranjero.

Para ambos casos es obligación del funcionario que autoriza el matrimonio, remitir o informar de dicho trámite al Registro del Estado Familiar del salvadoreño que contrajo matrimonio, para que se margine en su partida de nacimiento este acontecimiento. Esto no sucede cuando acontece un divorcio en el extranjero, debiendo el interesado moverse en beneficio personal.

Si se produce un divorcio en el extranjero han de tener en cuenta lo mencionado en el artículo 117 del Código de Familia: “el divorcio decretado en el extranjero, de quienes se hubieren casado conforme a las leyes salvadoreñas, solo producirá efectos en El Salvador, cuando la causal invocada sea igual o semejante a las que este Código reconoce”. Las causales son: 1- Mutuo consentimiento, 2- separación de los cónyuges por uno o más años consecutivos, 3 – Por ser intolerable la vida en común. (Artículo 106 del Código de Familia)

En algunos países, como en Estados Unidos, los trámites de divorcio son breves y el documento que la autoridad competente da al interesado en el divorcio, consiste en un papel donde se consigna un formulario que contiene los datos para identificar las diligencias y causales del divorcio.

Este documento no produce un efecto inmediato en El Salvador, el interesado en que se registre el divorcio de forma correcta, deberá realizar trámites en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, con el objeto de validar el contenido de dicha sentencia de divorcio decretada en el extranjero, y para que surja efectos en El Salvador. También deberá realizar trámites en la Alcaldía donde se ha asentado su partida de nacimiento. Los costos de este trámite en El Salvador son bajos pero llevan tiempo. Contemple también la necesidad de modificar el Documento Único de Identidad, pasaporte Salvadoreño y Licencia de Conducir si es necesario.

Si Usted lo prefiere, luego de obtener su certificado de divorcio emitido por la autoridad extranjera, puede acudir a una oficina Consular de El Salvador en el país donde se encuentre, para solicitar información relacionada al registro del divorcio que debe ser inscrito en El Salvador.

Nota importante: el autor de este artículo de blog no tiene ningún vínculo comercial ni institucional con el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador, la información aquí proporcionada se limita a una recomendación con el objeto de ayudar a resolver los problemas de quienes visitan este sitio. 

¿Tiene alguna consulta? Escriba un comentario en este blog.

sábado, 7 de septiembre de 2013

Consejos, antes de comprar un lote o parcela.

Muchas personas se dejan llevar por la emoción de comprar un inmueble, sin tomar en cuenta precauciones necesarias para evitar problemas posteriores. Al no seguir estos consejos habrá de gastar en demandas judiciales contra la persona o empresa que le vendió, abogados, trámites con ingenieros y en diversas instituciones; inclusive podría ser que no recupere su dinero o su inversión.

Aunque le parezca exagerado el argumento del párrafo anterior, le recomiendo que no lo pase por alto, en la experiencia profesional de su servidor, hasta es poco lo mencionado. Por eso le brindo los consejos siguientes:

Si ya decidió comprar un lote o parcela, exija a su vendedor le proporcione los datos registrales del inmueble. Una fotocopia de la escritura de propiedad le servirá para investigar lo necesario sobre su compra.
Asegúrese que el dueño del inmueble sea el mismo vendedor. O bien que el vendedor tenga un “Poder” donde se le faculta específicamente para vender ese lote o parcela.

¿Dónde investigar?
En el Centro Nacional de Registros puede solicitar esta información:

El inmueble o parcela está legalmente inscrito.
El inmueble o parcela es propiedad del  vendedor.
Si el 100% de la propiedad es del vendedor o la propiedad se divide en varias personas.
Que coincidan las medidas del inmueble que le están ofertando con a la información catastral que posee la institución (CNR).
Que el inmueble no esté hipotecado, embargado o que no afecte otro tipo de gravámenes.
Que no tenga observaciones o se haya denegado su inscripción  en el Registro.

También es importante tener en cuenta que en el territorio salvadoreño existen zonas de alto riesgo, donde las autoridades prohíben la construcción de edificaciones, por tal motivo investigue en el Vice ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, o en las oficinas técnicas de la municipalidad a la que corresponde el terreno, si la lotificación o donde se ubica el terreno que va a comprar, tiene posibilidad de obtener autorizaciones para construir, o si dicha parcelación se encuentra con los permisos pertinentes.


¿Tiene alguna duda?. Escriba un comentario en este blog.

lunes, 29 de julio de 2013

Cómo recuperar una escritura de propiedad.

La propiedad de un inmueble (casa, terreno, hacienda, finca), se ampara con el documento que en  El Salvador se conoce popularmente como “escritura de propiedad”. En muchas ocasiones el funcionario o profesional que los expide, no explica en detalle su contenido o la importancia de ese papel que aparentemente solo es una fotocopia con un par de sellos.

Con el tiempo y por diversas causas estos documentos llegan a extraviarse y el propietario no encuentra la manera de recuperar ese documento que amparaba su propiedad.

En El Salvador, la oficina que se encarga de llevar un registro de cada propiedad es el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, adscrita al Centro Nacional de Registros de la cual hay una oficina designada para casi todos los departamentos de El Salvador.

Si Usted ha extraviado su escritura de propiedad puede seguir estos pasos para obtener un nuevo ejemplar.


  1. Acuda a la oficina del Centro Nacional de Registros del departamento donde se ubica su propiedad (casa, finca o terreno)
  2. Solicite un documento que se llama “Índice de Propiedad”, para esto deberá presentar sus documentos de identidad.
  3. Pasado cierto tiempo le entregaran en esa oficina, una hoja donde le detallarán el número de matrícula y la ubicación del inmueble de su propiedad.
  4. Con los  datos contenidos en el documento anterior puede solicitar en la misma oficina del Centro Nacional de Registros, otro documento denominado “Certificación Literal” que lo constituye una fotocopia literal del documento en el que consta su propiedad sobre ese inmueble, el cual está registrado en el CNR.
  5. También es recomendable solicitar al mismo tiempo otro documento denominado “Certificación Extractada” que contiene el actual estado jurídico del inmueble; el él podrá conocer si hay o no embargos, hipotecas o servidumbres, y cuál es el porcentaje de propiedad que tiene sobre mencionado inmueble.
¿Que puede hacer con este documento?

Con el documento puede corroborar quién es el propietario legítimo de ese inmueble.

Si Usted no es el propietario legitimo, no puede vender ni generar ningún otro acto jurídico.
Si tiene dudas, haga un comentario en este blog.



viernes, 20 de julio de 2012

Arreglar errores en partida de nacimiento, matrimonio, defunción.

En la vida de todo ser humano existen tres eventos que por mandato de ley deben estar registrados en una institución de gobierno: el nacimiento, el matrimonio y la defunción.

Resulta muy común que al momento de realizar el acta de registro de cualquiera de esos acontecimientos, las personas encargadas se equivoquen al consignar los nombres utilizando las letras equivocadas e inclusive colocando otros nombres que no corresponden.

También es frecuente que las personas no se percaten de estos errores sino hasta transcurrido bastante tiempo y se preguntan ¿hoy cómo lo arreglo?

No es tan sencillo como pedir que le borren el error y sobre escriban lo correcto, debe seguirse un procedimiento legal y en ocasiones hasta debe ser sometido a la consideración de un Juez especializado en la materia por lo delicado de la información que se maneja sobre una persona.

Consejos:
  • Revise todos los documentos que le dan: debe tener su nombre correctamente escrito, fechas y otros datos importantes. Si no comprende su contenido solicite inmediatamente una explicación o consulte a un abogado.
  • Los errores en la partida de nacimiento pueden rectificarse a través de un procedimiento llamado "diligencias de identidad", para establecer correctamente el nombre de una persona. Este proceso se lleva ante un Juez y con la asesoría de un abogado.
  • Los errores en la partida de matrimonio y de defunción también pueden ser rectificados mediante diligencias ante la Alcaldía Municipal donde esté inscrito y otros trámites que su abogado podrá explicarle.
  • Si el caso es que no se asentó debidamente la partida de nacimiento o de defunción se siguen unas "diligencias subsidiarias" de nacimiento o defunción según sea el caso; para los matrimonios no inscritos en su momento, debe tramitarse ante la Alcaldía Municipal correspondiente.

Todos estos trámites tienen un costo que puede variar dependiendo de la complicación que pueda contener y el profesional al que solicite servicio. En ocasiones solamente hay que hacer trámites ante la Alcaldía Municipal, en otros casos hay que acudir al Registro de Personas Naturales (RNPN) y en otros casos hay que ir ante un juez e incluir pruebas testimoniales.

Deje un comentario o pregunta sobre su caso particular 
y reciba asesoría. 




Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...