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sábado, 4 de mayo de 2019

Generalidades del Divorcio.


La ruptura del vínculo matrimonial es el Divorcio, solo puede ser decretado por un Juez de Familia, después del debido proceso judicial establecido en el Código de Familia para cada caso particular.

Los motivos para romper el matrimonio, han sido establecidos por la ley en tres grupos, aunque en la práctica y vida cotidiana las parejas puedan tener miles de motivos para no continuar con su matrimonio; en suma, la ley define estos tres motivos:
  • Cuando la pareja se ha separado definitivamente por uno o más de un año consecutivo.
  • Cuanto la vida en pareja se ha vuelto insoportable.
  • Cuando ambos han decidido divorciarse voluntariamente.
En varias ocasiones, algunos de mis clientes, han  preguntado si puede iniciar un proceso de divorcio, aun cuando su pareja le asegura que no cederá, y que no quiere divorciarse. La respuesta es “SI”, sí puede iniciarse un proceso de divorcio, aun cuando la pareja se niegue.

De los tres motivos para divorciarse, el menos complicado, es cuando ambos cónyuges han decidido dar por terminado el vínculo, porque, en ese caso, el juez solo debe avalar los acuerdos a los que han llegado para disolver el vínculo matrimonial.

Los otros dos motivos, son procesos entablados por medio de un abogado salvadoreño, mediante una demanda, expuestos ante un juez de familia, y las partes tienen el derecho de alegar en contra, oponiéndose a lo demandado, allanarse a lo demandado, o agregar hechos que el juez debe valorar para emitir una sentencia conforme a la justicia.

El costo de un divorcio depende del profesional que atiende el caso, de lo complejo que puede volverse defender los derechos de su representado, apelaciones, recursos, preparación de pruebas, entre otros aspectos.


Tengo la experiencia en divorcios, puedo ayudarte a resolver y a romper con ese vínculo, haz una pregunta en este blog, o ponte en contacto con mi persona para una asesoría más personalizada.

Gracias por visitar este blog.

jueves, 2 de julio de 2015

¡No publiques las fotos de tus hijos! por derecho y por amor.

¿Colgarías una foto de tu hijo en un árbol del parque al que frecuentas visitar, dejándolo ahí indefinidamente?, ¿pegarías una foto de tu bebé en la puerta de tu casa para que cualquiera que pase la pueda ver, y si lo desea guarde una copia para su archivo personal?. Aunque no lo creas, eso es lo que haces cuando publicas una foto de tu adorable niño o niña en las redes sociales, que tienen alcance mundial y no en una comunidad reducida. Cualquier fotografía que publicas sale totalmente de tu control; cualquier persona puede descargar una copia para su archivo personal.

Posiblemente eres precavido y has modificado tus filtros y seguridad en la red social de tu preferencia, eres selectivo en aceptar amistades en redes sociales. Puedo afirmar que eres de esas personas que con criterio adulto, saben decir “acepto” a quien sí conoces plenamente. Estás consiente y podrías meter tus manos al fuego por sostener que tu amigo de la red social, él o ella, tienen una integridad moral incorruptible y no harán nada pervertido con la foto de tu hijo o hija. Pero…  ¿si existe un pequeño y reducido porcentaje de duda al respecto, le regalarías una foto de tu bebe?



Las redes sociales se han vuelto una forma de comunicación muy eficaz, pero en ellas destaca una característica muy singular que le ha dado el éxito rotundo que todos conocemos: llenan un deseo natural de muchas personas de alcanzar fama, reconocimiento, una manera de exponer al público la felicidad que se vive. Pero debemos tener cuidado con el alcance de nuestra plenitud personal, de no afectar la intimidad de otras personas del entorno, especialmente la intimidad de los niños que nos rodean; como adultos somos responsables de salvaguardar sus derechos y con mayor énfasis salvaguardar su intimidad de cualquier peligro que exista, evitando la posibilidad de abuso de su imagen personal.

Si publicas fotos de tu niño en redes sociales no estás protegiendo sus derechos, por el contrario estás exponiendo su imagen personal ante el público, un público del que no tienes control, por más filtros de seguridad que cualquier red social ponga a tu disposición.

En El Salvador existe la Ley de Protección de la Niñez y la Adolescencia donde se explica quienes son los responsables de velar por el respeto de los derechos de los niños, las niñas y adolescentes... estos son el Estado, la Sociedad, y principalmente la Familia. (Art. 13 LEPINA), La protección debe estar en función del denominado "interés superior", esto implica que a niños, niñas y adolescentes se le brindará protección y las condiciones necesarias en toda situación que le favorezca a su desarrollo físico, espiritual, psicológico, moral y social, con el fin de lograr el pleno y armonioso desenvolvimiento de su personalidad (Art. 12 LEPINA). La misma ley establece el Derecho que todo niño, niña o adolescente, tiene respecto de su honor, imagen, vida privada e intimidad, siendo los padres los principales responsables de vigilar y evitar cualquier actividad que pueda poner en peligro la dignidad de sus niñas, niños o adolescentes hijos; lastimosamente son los mismos padres los que más exponen a sus hijos ante los peligros existentes en internet.

Se prohíbe, a través de cualquier medio, divulgar, exponer o utilizar la imagen de niñas, niños o adolescentes en contra de su voluntad… que constituyan injerencias  arbitrarias ilegales en su vida privada o de intimidad personal y familiar... (artículo 46 LEPINA).

Solo te falta reflexionar un poco antes de publicar en las redes sociales, la vida íntima de tus hijos, de preferencia no publiques fotografías de ellos, jamás estarás seguro del uso que harán las personas que están al otro lado de tu computadora. Protege a tu hijo, a tu sobrino, a tu bebe guardando para tus archivos personales la tierna historia de su crecimiento, de sus travesuras, de sus primeros pasos en este mundo lleno de maravillas, pero también lleno de personas sin escrúpulos.

Te invito a conocer más sobre el tema siguiendo estos enlaces Acorde al texto que has leído aquí:


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martes, 19 de agosto de 2014

Música, cuentos y derechos de los niños.

Mucho es el trabajo que falta para hacer conciencia en el mundo entero de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, especialmente cuando se trata de concientizar a padres de familia y madres que, la defensa de los derechos de sus hijos está en sus manos.

Está ampliamente comprobado que los niños, niñas y adolescentes aprenden con gran velocidad, son como una esponja, a veces consientes y a veces de forma inconsciente reciben, interiorizan, aprehenden y reproducen comportamientos que están en su entrono.

Uno de los aspectos que pocas veces se reflexiona, es la música que nuestros hijos escuchan. 

Nos alarmamos cuando es música Heavy Metal o alguna de aquellas melodías modernas que no encajan en nuestros paradigmas. Pero no reflexionamos cuando escuchan esas canciones perniciosas disfrazadas con música infantil. 

Hay canciones que cuentan tragedias, tristezas o mensajes inadecuados a nuestros hijos. Un ejemplo: la gallina cocoua y Amigo Felíx, de los cantantes españoles Enrique y Ana. Otra canción con mensaje de violencia doméstica y estigmatización de roles masculino y femenino: La Patita, de Cri Cri.

Si Usted es un padre o madre joven seguramente creció con la tecnología que facilita informarse de cualquier tema; ya deberá saber que mucha música trae mensajes ocultos y dañinos, o bien que los cuentos de Disney tienen un origen oscuro. Por ejemplo: Caperucita roja, el cuento incluye un mensaje de connotación sexual, suavizado levemente por la moderna versión de Disney.

Hoy podemos entender aquello de los mensajes ocultos, subliminales o sugestivos tema en boga en los años 1985 a 1995. Sin embargo en muchas de las celebraciones de cumpleaños infantiles actuales, y en casi toda latinoamérica, se escucha música inadecuada disfrazada de música infantil. También de propia mano llevamos a nuestra casa filmes o libros con mensajes perniciosos.

Sus hijos tienen derechos y es su responsabilidad (me dirijo a usted padre o madre)... exigir que se respeten. Si usted mismo los irrespeta ¿cómo espera que los otros los respeten?

Como adultos debemos pasar por un estricto filtro la música que escuchan y su mensaje principal; los cuentos, historias o películas que se diseñan para niños o niñas.

Se trata de preparar a su hijo con una salud mental adecuada, que desarrollen la capacidad de distinguir el bien y del mal. No privándolo del contacto con el mundo, sino, creando en su mente la conciencia de que vivirá en un mundo donde ha de defenderse adecuadamente de quienes quieran abusar de sus derechos.


Enlace de interés:
Convención sobre los Derechos del Niño.

domingo, 27 de octubre de 2013

Maltrato infantil: doméstico y social.

En el mes de... (octubre, para El Salvador en Cetroamérica; en otros países se celebra otros meses del año)... se celebra el Día del niño con fiesta, regalos, piñatas, alegría y dulces. 

Muy atinado, pero también debe incluirse en este día actividades encaminadas a fomentar, conocer, respetar y enseñar sobre los derechos de los niños y niñas, inclusive de adolescentes…porque esa es la razón central del día del niño: celebrar el avance en el reconocimiento de los derechos de un sector de la población, que ha sido abusado desde el inicio de los tiempos, principalmente por carecer de poder, fuerza, o medios económicos.

A pesar del significativo reconocimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia, se siguen cometiendo crimines imperdonables, sumamente graves, que sufren cualquier tipo de niño, sin discriminación social; incluyendo todo tipo de violencia que se conoce hasta la fecha. 

Las guerras y conflictos armados de todos los continentes, en el transcurso del siglo pasado, incluyeron en las filas militares o guerrilleras, a niños, niñas y adolescentes. Todas las sociedades actuales del mundo, aunque presuman de su evolución tecnológica o científica, incuban la violencia en los niños, niñas y adolescentes de diferente forma, los maltratos son permanentes constantes y de todo tipo.

Abordaremos brevemente dos tipos de violencia muy comunes en toda sociedad actual.

LOS ABORTOS

A continuacion presento las estadísticas de abortos a nivel mundial, tomados de la OMS (Organización Mundial de la Salud):

26 millones de abortos legales al año.
20 millones de abortos ilegales al año.
Total aproximado: 46 millones de abortos.

Solo en América Latina, se producen aproximadamente 4.140.000... (ha leído bien son CUATRO MILLONES...) de abortos. Contando solamente con los datos que han sido captados. Tómese en cuenta que a en tema de estadísticas no se puede ser preciso, sino que, se basan en estimaciones lo más aproximada a la realidad.
Estadísticas de abortos anuales.

El aborto es:
  • Uno de los crímenes más horrendos que el humano puede cometer.
  • Es un crimen contra un ser vivo, indefenso totalmente. Las organizaciones pro-aborto comenten el error de creer que el no - nato, aun dentro del cuerpo de la madre, es similar a un órgano interno, y que la madre puede disponer de su cuerpo a su antojo.
  • Es un crimen que ha trascendido culturas y siglos de supuesta evolución humana.

 MALTRATO INFANTIL

Son tristes los datos de abortos a nivel mundial. Abordando el maltrato infantil no es más alentador. El maltrato infantil es una causa de sufrimiento que aqueja a la niñez desde los inicios de la sociedad humana, y tiene consecuencias a largo plazo. 

La sociedad actual es el producto de una niñez sana o insana, conflictiva o pacifica, educada o inculta.

El maltrato infantil no es exclusivo de determinados sectores de la sociedad. Tanto los niños de familias con suficiente educación o recursos económico, como los niños y niñas de familias de bajo estrato social sufren de este mal.

Es determinante tener en cuenta los diferentes entornos donde el niño vive: La familia es la principal fuente de aprendizaje y donde más maltrato puede llegar a sufrir un niño, niña o adolescente; en la familia se forman los primeros conocimientos y aproximaciones a la vida como tal, aprendiendo valores, y comportamientos que luego serán reproducidos en la edad adulta. El maltrato puede ser físico o psicológico. Con este último podemos considerar insultos, menosprecios tales como: "este niño es aragán", "sos un bueno para nada", "te pareces a tu papá" (como un mal referente). Incluyamos también desatenciones: ropa sucia, falta de aseo personal, permisibilidad en ver programas televisivos o jugar juegos inapropiados.

Luego la sociedad moldea paradigmas, y otras formas comportamiento, aquí los maestros y las escuelas toman un papel preponderante, puesto que son la segunda fuente de aprendizaje de los esquemas básicos y rectores del desarrollo y comportamiento de todo ser humano, que acude a ella para educarse. 

La sociedad en general, el Estado y los gobiernos juegan un papel importante en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. El estado debe promover la difusion y respeto de los derechos contenidos en las leyes a favor de los niños y niñas... sancionar a quienes abusen de sus derechos y desarrollar programas para atender las necesidades de aquellos niños que por diversas razones están siendo descuidados. La sociedad tiene como responsabilidad denunciar el irrespeto de los derechos y exigir a las autoridades un efectivo trabajo para la protección de la niñez y la adolescencia.



Si el niño, niña o adolescente en este trinomio de educación recibe maltratos y todo tipo de abusos en sus derechos fundamentales, no puede esperarse que de grande respete o genere un ambiente de cordialidad.

Las estadísticas arrojan que aproximadamente un 20% de las mujeres manifiestan haber sufrido abusos en su niñez. Por el lado masculino, aproximadamente un 10% de los hombres ha referido abusos en la infancia. Lo alarmante es que casi el 50% de los niños de ambos sexos refieren maltratos físicos en algún momento de su vida.

La OMS define como maltrato infantil todos los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, estos incluyen todos los tipos de maltrato físico, psicológico, económicos, abuso sexual, desatenciones, negligencia y explotación comercial, o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño.

La definición de la OMS incluye: “La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.” 

En nuestra sociedad actual suele suceder que los padres tengan conflictos de pareja, al tener discusiones acaloradas frente a sus hijos, estos reciben un tipo de violencia directa que afecta gravemente sus estados psicológicos y emocionales.

La violencia infantil es un mal social que puede ser disminuido sustancialmente, cuando los adultos tienen conciencia de su comportamiento frente a seres humanos con derechos y sumamente frágiles por su condición y edad.


La invitación de su servidor es frenar todo tipo de violencia infantil que este a su alcance, con los niños o adolescentes que vivan en su entorno, buscando de forma responsable y madura la mejor manera de educar, guiar o corregir a aquel niño, niña o adolescente, que hoy es un ser humano como cualquier otro, con derechos que deben ser respetados. Sabiendo además que a largo plazo ese pequeño niño, niña o adolescente será parte de una sociedad más evolucionada, digna y valerosa.

Fuente:
Maltrato infantil OMS

jueves, 24 de octubre de 2013

Día del niño y la niña.

Le llaman niño o niña, camina, habla, llora, grita, juega.. los grandes lo cuidan  y le dan cosas para satisfacer sus necesidades. Algunos le dan importancia a sus opiniones otros no... "que va entender, si está pequeño", dicen, "no se va a dar cuenta".

Eglantyne Jebb fue una Inglesa que dio vida a la Save The Children Fund en 1920 una de las primeras Organizaciones Internacionales que lucha por satisfacer las necesidades y defender los derechos de los niños a nivel mundial. A pesar de esto, hoy en día siguen los abusos contra muchos niños, por mencionar un caso reciente el asesinato de niños con armas químicas en Siria.

Algunos ejemplos actuales.
La niña no va a la escuela, mejor que vaya el niño.

La maestra castiga y denigra frente a los otros estudiantes al niño mal portado.

La Policía acosa y revisa corporalmente a los niños o adolescentes que visten aparentemente sospechosos.

En el semáforo los niños y niñas limpian parabrisas pidiendo una moneda instigados por sus padres. 

Está bien celebrar el día del niño con fiesta y piñata, pero también hay que enseñarles que tienen derechos, que pueden hacerlos valer, y exigir que se le cumplan. Hay que enseñar a los niños que nadie debe abusar de ellos: ni los maestros, ni los papás, ni la directora, ni la autoridad policial ni tampoco el señor que vende dulces fuera de la escuela. 


Para enseñar esto están los adultos quienes deben preocuparse por aprender sobre derechos de los niños y enseñar al menos a sus hijos cómo defenderse.



Gracias por visitar este blog.

domingo, 20 de octubre de 2013

Pasos previos para un aborto casero.

Bienvenido a este sitio, donde su derecho es respetado. Aquí puede encontrar las razones para dar ese paso que le evitará problemas, habladurías y sobre todo cargos de conciencia.

Un error cualquiera lo comete, menos mal que para todo hay solución.

Usted está a tiempo de frenar un caos en su vida. Escuche este vídeo y sea realista.


PASOS PARA UN ABORTO
PASO 1
TOME LA DECISIÓN BASADA EN EL DERECHO
ESCUCHA ESTE AUDIO:





DERECHO A LA VIDA.

Recuerde: lleva una estrella en su vientre, un humano vivo. Uno indefenso, uno que no ha hecho nada para ser condenado a muerte

Probablemente Usted pasó, o esté pasando por una situación de abusos... pero esa pequeña vida que aun se gesta en su vientre, no está ahí por azares del destino, mala suerte o infortunio.

Esto es para Usted: esa nueva vida significa esperanza, alegría, soluciones, ideas nuevas a un mundo carente de valores. De Usted depende la continuidad de la vida, de la esperanza.

Ese bebe tiene derechos al igual que Usted... y al igual que a Usted, a ese bebe solo Usted lo puede salvar o proteger.

Anímese a ser mamá. Será un cambio de vida, al fin de cuentas todo cambia. 


La Constitución de El Salvador, reconoce la vida humana desde el momento de la concepción. La concepción del ovulo se da inmediatamente ha sido fecundado el ovulo de la mujer por el espermatozoide del hombre. 
El aborto esta condenado como un delito que atenta contra la vida humana, penado con prisión  pero la mayor condena se encuentra en el interior de la madre que lo practica: un cargo de conciencia para toda la vida. Para toda la vida... es toda.
En la escala de derechos protegidos por todo el Derecho como ciencia, la vida es uno de los máximos bienes de la humanidad y es protegido casi en todos los cuerpos legales del mundo, salvo lamentables excepciones. 
Sea cual sea su condición... o circunstancia, es hoy su momento de mostrar cuantas agallas tiene para enfrentar la vida y sus vicisitudes.


PASO 2
NO HAGA UN ABORTO.

Hay grandeza en el la mujer que, 
a pesar de sus tropiezos y desdichas, 
devuelve amor y vida. 
Es cosa que solo las heroínas entienden!

Tema musical: Llevas una estrella en tu vientre. 
Autor : Ricardo Arjona. 

lunes, 30 de septiembre de 2013

Breve historia sobre los derechos de los niños.

En la historia el reconocimiento de los derechos ha ido evolucionando paulatinamente conforme van surgiendo corrientes de pensamiento y movimientos sociales. Roca Sastré, jurista Catalán afirmaba que “el derecho no se crea, se encuentra”, y es así como sucede con todos los derechos que hoy reconocemos a los seres humanos.

A continuación leerá una serie de datos que le darán una idea del lento reconocimiento y desarrollo de los derechos de los niños. Durante siglos se le dio una importancia superior a la educación por efectos prácticos, pero no como un reconocimiento de un derecho o como parte del desarrollo.

Antes de la era Cristiana ya es conocido que en Grecia eran amantes de la belleza y la filosofía; los griegos y romanos creían que para embellecer el alma de una persona era necesaria la educación desde corta edad y así formar hombres libres y pensantes. Para ese entonces solamente accedían a la educación los niños con cierto estatus social, generalmente las niñas se educaban para las labores domésticas o serviles.

En la era cristiana y buena parte de la edad media, es la Iglesia la que impulsa o controla casi en su totalidad la educación de los niños, formándolos como fieles sirvientes de Dios. En este período de tiempo se considera al niño como un ser defectuoso al que hay que formar y corregir.

En el renacimiento y el siglo XVII los avances significativos en este período de tiempo consisten en mejorar la educación incluyendo también a las niñas al menos hasta los 12 años. El filósofo Locke (1632-1704)  plantea en su momento que los niños son un pizarrón en blanco, a quienes puede dársele forma, y depende de sus experiencias en su tránsito a la adultez su utilidad o estorbo para la sociedad.

Ya en el siglo XVIII y XIX se comienza a descubrir la infancia, especialmente por como abordan el tema los artistas literarios y filósofos influyentes como Rousseau. Coincide con este hecho el surgimiento de la revolución industrial.

Debe darse crédito a Charles Dickens quien supo denunciar y evidenciar mediante su libro Oliver Twist, la realidad a la que los niños y niñas debían enfrentarse. Dickens quizá sin una intención deliberada, escribió en su obra Oliver Twist, una especie de primera declaración sobre los derechos de la niñez.

A pesar de todo y a finales del siglo XIX no se configura todavía una concepción unificada de la infancia y de la educación a nivel mundial. En Europa la influencia de las ideas filosóficas de Rousseau se imponen: defiende la bondad natural del niño y la idea de una educación permisiva. En Estados Unidos e Inglaterra por el contrario es la tradición calvinista la más influyente: esta sostiene que el niño debe ser reformado mediante una educación autoritaria que haga uso del castigo físico y público si es necesario.


En los primeros años del siglo XX los derechos de los niños tienen un avance más destacado, sin embargo no son reconocidos plenamente. 

Hay que hacer notar la labor promotora de la Inglesa Eglantyne Jebb (1876-1928), quien fundó la primera Organización Internacional de la Infancia y autora de la primera carta de los Derechos de la Niñez. En 1919 creó la Save The Children Fund, organización internacional que en ese entonces comenzó una labor incansable para lograr satisfacer las necesidades y promover el reconocimiento de los derechos de niños que tuviesen a su alcance la fundación.

Eglantyne Jebb elaboró una carta de fácil difusión y traducción a todo público a nivel mundial, esta contenía 5 puntos con la que pretendía influir y transformar las costumbres de las sociedades, personas, estados y leyes en cuanto a la manera de tratar los derechos de los niños.

Por la presente declaración de los Derechos del Niño, llamada declaración de Ginebra, los hombres y las mujeres de todas las naciones, reconociendo que la humanidad debe dar al niño todo lo que tiene de mejor, afirman sus deberes más allá de toda consideración de raza, de nacionalidad y creencias:
  1. El niño o niña debe ser tratado de manera que se pueda desarrollar de una forma normal, material y espiritualmente.
  2. El niño o niña que tiene hambre debe ser alimentado, el que está enfermo debe ser cuidado, el retrasado debe ser estimulado, el desviado debe ser atraído, el huérfano y el desvalido debe ser recogido y socorrido.
  3. El niño o niña debe ser el primero en recibir socorro en tiempo de desastres.
  4. El niño o niña debe ser puesto en condiciones de ganarse la vida y ser protegido contra cualquier explotación.
  5. El niño o niña debe ser educado en el sentimiento de que sus mejores cualidades deberán ponerse al servicio de sus hermanos.


Esta carta/Declaración de Ginebra, fue la base para la creación de la hoy conocida Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Niños. Y me atrevo a afirmar que fue el eje de toda la legislación internacional orientada a los derechos de la niñez que actualmente conocemos.

Es justamente a principios del siglo XX que los derechos de los niños comienzan a consolidarse en las leyes de cada Estado. Ya contemplan leyes penales infantiles o juveniles, leyes laborales que limiten su actividad a lo necesario, normativas que les permitan acceder a salud y la educación entre otros aspectos.

El 20 de noviembre de 1959 fue proclamada La Declaración de los Derechos del Niño. Sin embargo este texto no es de cumplimiento obligatorio para los Estados aun.

En la década de los años 1970 al 1979, todavía se habla poco de los derechos de los niños como poseedores de los mismos derechos humanos que los demás, pero a diferencia de los siglos anteriores, su reconocimiento ha dado un salto cualitativo, a tal grado que la Asamblea General de las Naciones Unidas declara el año 1979 como el “Año Internacional del Niño”, hecho que se configuró como un pivote para la creación de la Convención de los Derechos del Niño. También como consecuencia del la declaración del Año Internacional del Niño surgieron organizaciones de ombudsman especializados en la defensa de los derechos de la infancia.

Hasta el año 1989 La Convención sobre los Derechos del Niño es adoptada por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y abierta a la firma y ratificación por parte de los Estados, siendo entonces de obligatorio cumplimiento para todos los Estados que la ratifican.

En El Salvador y otros Estados de Latinoamérica los derechos de la niñez también han tenido un reconocimiento legal de forma paulatina. Como consecuencia de todos los instrumentos legales de orden internacional firmados y ratificados por el Estado Salvadoreño, se han creado otros organismos que velan por el cumplimiento y reconocimiento explicito y material de los derechos de la niñez. Una consecuencia palpable de esto es la actual Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, en vigencia desde marzo del año 2009, cuyo contenido busca garantizar el respeto de dichos derechos.

Estas líneas aun se quedan cortas para explicar todo el calvario que los Derechos de la niñez ha tenido que superar hasta este momento. Aun falta mucho por reconocer teniendo en cuenta que la niñez es un periodo de la vida sumamente vulnerable, con sus propias características y necesidades, el niño como persona tiene derechos a la identidad personal, a la dignidad y la libertad, la cual debe ser protegida como un capullo y respetada por todos: hombre, mujeres, gobernantes, trabajadores, maestros etc.




lunes, 23 de septiembre de 2013

El modelo tutelar y Derechos de la niñez.

El cambio de paradigmas de objeto de protección a sujeto de derechos de niños, niñas y adolescentes es el tema central de la LEPINA (Ley de protección integral de la niñez y la adolescencia).

Inicialmente las sociedades a través de la historia han tratado a los niños, niñas y adolescentes  sin llegar a considerar sus derechos como les corresponde, hasta aproximadamente 100 años atrás su reconocimiento ha ido plasmándose en cuerpos legales de tipo internacional, aterrizando paulatinamente en normativas locales de cada país o Estado.

Como bien es conocido las costumbres se arraigan en las sociedades y en las personas tan fuertemente, que luego es difícil aceptar nuevas ideas o formas de comportamiento. Esto es justamente lo que está sucediendo con la consideración de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes pasando por los Estados, sus instituciones, las políticas, recayendo luego directamente sobre las familias y como destinatario final los niños, niñas y adolescentes.

El modelo tutelar que ha sido implementado por muchos años, considerando a los niños, niñas y adolescentes como un objeto de protección, aun tiene muchos adeptos, inclusive las instituciones actualmente creadas para la implementación de una protección integral de los derechos de la Niñez y la Adolescencia, aun no comprenden a cabalidad su objetivo, desarrollándose de manera anticuada y continuando con la violación de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes.


El cambio de paradigmas establecidos bajo el modelo tutelar se configura como un reto que debe trabajarse desde sus cimientos mismos; me refiero a una fuerte campaña incesante que vaya dirigida a las personas que dirigen y forman parte de instituciones encargadas de la protección de los niños, niñas y adolescentes; educación encaminada a los padres, y en general a las familias, para que comprendan a cabalidad que el modelo tutelar implementado por muchos años no es el más conveniente. 

Por consiguiente ir cambiando el paradigma en mención e implementando paulatina pero consistentemente que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos, a quienes se les debe respetar, cultivar su protección, y exigir su cumplimiento a quien los violente, se configura como un verdadero reto de evolución en el tratamiento y respeto de los Derechos niños, niñas y adolescentes, grupo social que hasta estos días sigue siendo atropellado por su vulnerabilidad.

jueves, 18 de abril de 2013

Opción para niños maltratados.

En El Salvador la población más vulnerable al irrespeto y atropello de sus derechos esenciales es aquella que por su condición física, o económica no puede defenderse. Tal es el caso de los menores de edad, los ancianos y los minusválidos.


Es muy triste conocer historias de niños que nacen en condiciones muy deplorables tanto económicas como familiares, donde los mismos padres carecen de moralidad, por negligencia propia o por ser viciosos, alcohólicos, drogadictos. Siendo los niños los más afectados puesto que crecen en condiciones amorales y sumamente precarias.

Existe en El Salvador una ley reciente denominada Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, con la que se pretende proteger los intereses de todo niño y adolescente, referente a la defensa de sus derechos primordiales. Entre sus artículos platea una situación muy interesante: cuando exista un menor de edad en evidente estado de vulnerabilidad – como en el caso del párrafo anterior – existe la posibilidad de tomar medidas de protección para con el menor, y así salvaguardar sus derechos; dentro de estas se encuentran las denominadas “medidas de protección judicial”,  que a su vez incluyen el acogimiento familiar… véalo en el siguiente gráfico.


El acogimiento familiar consiste en sustraer al menor de edad del ambiente hostil en el que se encuentra, para ser ubicado físicamente bajo la guarda y protección de otras personas que puedan darle bienestar y protección a sus derechos, reuniendo requisitos planteados en la ley.

La colocación familiar consiste en ubicar al menor de edad con otras personas que tienen un vínculo familiar con el mismo… por ejemplo un tío o el abuelo.

En el caso de la familia sustituta son personas que no tienen vínculo familiar con el menor pero que están en la disposición de brindarle todo lo necesario para su protección y pleno desarrollo.

Todo lo anterior debe ser calificado por un juez, y con las condiciones que la misma ley establece.

En opinión de su servidor, estas disposiciones serán de gran beneficio especialmente para muchos niños que aun crecen a expensas de su mala fortuna, y que muchas veces finaliza con adolescentes inclinados a los vicios y proclives a ser delincuentes; cabe mencionar que será una tarea enorme para las instituciones encargadas difundir esta información y más aun controlar que la medicina no sea peor que la enfermedad.

Ley de Protección de la Niñez y la Adolescencia
Artículos 119, 124, 125, 126, 127

martes, 16 de abril de 2013

Demanda de paternidad.


Ha nacido un bebe, su madre tuvo muchas dificultades que al final ha superado; ahora esa nueva persona  se encuentra en este mundo y demanda de alimentos, vivienda, vestido y otra serie de atenciones que deberán ser satisfechas.

La madre no ha logrado que el padre reconozca a ese menor de edad como su hijo, y por consiguiente responsabilizarse de él.

El Código de Familia de El Salvador, establece el derecho del menor de edad de solicitar la declaración judicial de paternidad de su progenitor, aun cuando se niegue por todos los medios.

Será la madre quién deberá representarlo ante las autoridades para solicitar en su favor el reconocimiento de paternidad de su progenitor, recibiendo la asesoría de un abogado.

También existe la posibilidad de demandar al supuesto padre, cuando aun la madre esté embarazada.

De la correspondiente declaración judicial de paternidad, el menor tendrá derecho a recibir atención según corresponda a la capacidad del padre, tanto afectiva y económica.

Fuente: Código de Familia de El Salvador. Artículos 146, 148, 150.

viernes, 5 de octubre de 2012

Los derechos del niño en El Salvador.



El reconocimiento mundial de los derechos de las personas ha ido evolucionando poco a poco, en base a luchas sociales o en referencia de acontecimientos históricos determinados; los Derechos del niño también son producto de esos eventos y las leyes de El Salvador los reconocen partiendo de la Constitución de la República, tratados internacionales, hasta llegar a leyes específicas; más abajo encontrará los Derechos del niño más destacados, luego de hacer un breve preámbulo sobre los Derechos del niño y las leyes que les contienen, aquí abordaré los aspectos básicos:

La Constitución de la República parte de su artículo uno, que reconoce a la persona humana como el origen y fin de toda la actividad del Estado, continúa mencionando la Constitución que reconoce como persona humana a todo ser humano, desde el instante de la concepción.

Esta disposición fue introducida por medio de una reforma constitucional reciente y configura un avance significativo para el reconocimiento de los Derechos de los niños en El Salvador, anteriormente en el Código Civil, se reconocía persona humana a los niños que nacían vivos y solo cuando hubiesen sido separados por completo de la madre. Actualmente es persona humana ante la ley, inclusive el no nato, siendo objeto de protección desde que es concebido en el vientre de la madre.

La convención sobre los Derechos del niño, del año 1990, recoge una serie de normativas que comprometen  a los Estados firmantes del tratado, para impulsar y desarrollar leyes, políticas, programas y otros mecanismos necesarios para defender, promover el reconocimiento y respeto de los Derechos de los niños.

La declaración de los Derechos del niño, en la declaración de Ginebra, del año 1924 y la de 1959, establecen parámetros importantes para el reconocimiento de los Derechos del niño, contienen puntos que destacan la humanidad de los niños, su importancia en la sociedad, la necesidad de la protección de sus Derechos entre otros aspectos.

Entre los más importantes cuerpos legales de El Salvador que tratan sobre los Derechos del niño,  están el Código de Familia,  y la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia, las cuales se dedican puntualmente a los Derechos de la niñez y la adolescencia; el Código de familia también toca el tema de los Derechos de las personas de la tercera edad. Estos dos sectores de la población históricamente a pesar de las leyes existentes, sufren abuso y atropello de sus derechos constantemente, por su desventaja física y económica para defenderse, ademas del supino desconocimiento de la población en este tema.

Cabe destacar que desde la entrada en vigencia del la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia,   nos referiremos a las personas que tienen menos de 18 años como niños, niñas y adolescentes; ya no como menores de edad.

DERECHOS FUNDAMENTALES 
de los niños, niñas y adolescentes.

Aquí transcribiré algunos, pero le invito a Usted, lector de estas líneas, que busque en internet “Código de Familia de El Salvador” y Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia para ampliar la  información proporcionada en este tema.

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho:
  • A  la protección de su vida desde el momento en que sea concebido.
  • A conocer a sus padres, ser reconocido por estos y a que se responsabilicen por él.
  • A la crianza, educación, cuidados y atenciones bajo el amparo y responsabilidad de su familia y a no ser separado de esta, excepto cuando por vía administrativa o judicial, tal separación sea necesaria en relación su interés superior determinado por las leyes y convenios internacionales.
  • A ser protegidos contra toda forma de perjuicio o abuso físico, mental y moral, descuido o negligencia, malos tratos, torturas, sanciones o penas crueles, inhumanas o degradantes.
  • A ser protegidos contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo peligroso o nocivo para su salud, a atentados contra su desarrollo físico mental espiritual moral o social que impida o entorpezca su educación.

Existen más derechos que Usted puede ver consultando la legislación nacional. También puede visitar este enlace para conocer sobre la Breve historia sobre los derechos de los niños.

Un dato final que deseo compartir con Usted: El Salvador es firmante de la Convención sobre los Derechos del niño y además de otros tratados internacionales relacionados con este tema, incluyendo los llamados protocolos facultativos. Los organismos internacionales velan constantemente por que los Estados parte firmantes de estos convenios, pongan en práctica las leyes, y se cumpla lo ahí prescrito, por lo que la evolución en la aplicación y reconocimiento de los Derechos a los Niños y adolescentes no queda estático y al arbitrio de los Estados; al contrario, se les da seguimiento con el fin de ir cambiando la cultura en cuanto al respeto y reconocimiento de este sector como un sujeto de Derechos.

Si desea más información sobre este tema, 
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