domingo, 27 de octubre de 2013

Maltrato infantil: doméstico y social.

En el mes de... (octubre, para El Salvador en Cetroamérica; en otros países se celebra otros meses del año)... se celebra el Día del niño con fiesta, regalos, piñatas, alegría y dulces. 

Muy atinado, pero también debe incluirse en este día actividades encaminadas a fomentar, conocer, respetar y enseñar sobre los derechos de los niños y niñas, inclusive de adolescentes…porque esa es la razón central del día del niño: celebrar el avance en el reconocimiento de los derechos de un sector de la población, que ha sido abusado desde el inicio de los tiempos, principalmente por carecer de poder, fuerza, o medios económicos.

A pesar del significativo reconocimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia, se siguen cometiendo crimines imperdonables, sumamente graves, que sufren cualquier tipo de niño, sin discriminación social; incluyendo todo tipo de violencia que se conoce hasta la fecha. 

Las guerras y conflictos armados de todos los continentes, en el transcurso del siglo pasado, incluyeron en las filas militares o guerrilleras, a niños, niñas y adolescentes. Todas las sociedades actuales del mundo, aunque presuman de su evolución tecnológica o científica, incuban la violencia en los niños, niñas y adolescentes de diferente forma, los maltratos son permanentes constantes y de todo tipo.

Abordaremos brevemente dos tipos de violencia muy comunes en toda sociedad actual.

LOS ABORTOS

A continuacion presento las estadísticas de abortos a nivel mundial, tomados de la OMS (Organización Mundial de la Salud):

26 millones de abortos legales al año.
20 millones de abortos ilegales al año.
Total aproximado: 46 millones de abortos.

Solo en América Latina, se producen aproximadamente 4.140.000... (ha leído bien son CUATRO MILLONES...) de abortos. Contando solamente con los datos que han sido captados. Tómese en cuenta que a en tema de estadísticas no se puede ser preciso, sino que, se basan en estimaciones lo más aproximada a la realidad.
Estadísticas de abortos anuales.

El aborto es:
  • Uno de los crímenes más horrendos que el humano puede cometer.
  • Es un crimen contra un ser vivo, indefenso totalmente. Las organizaciones pro-aborto comenten el error de creer que el no - nato, aun dentro del cuerpo de la madre, es similar a un órgano interno, y que la madre puede disponer de su cuerpo a su antojo.
  • Es un crimen que ha trascendido culturas y siglos de supuesta evolución humana.

 MALTRATO INFANTIL

Son tristes los datos de abortos a nivel mundial. Abordando el maltrato infantil no es más alentador. El maltrato infantil es una causa de sufrimiento que aqueja a la niñez desde los inicios de la sociedad humana, y tiene consecuencias a largo plazo. 

La sociedad actual es el producto de una niñez sana o insana, conflictiva o pacifica, educada o inculta.

El maltrato infantil no es exclusivo de determinados sectores de la sociedad. Tanto los niños de familias con suficiente educación o recursos económico, como los niños y niñas de familias de bajo estrato social sufren de este mal.

Es determinante tener en cuenta los diferentes entornos donde el niño vive: La familia es la principal fuente de aprendizaje y donde más maltrato puede llegar a sufrir un niño, niña o adolescente; en la familia se forman los primeros conocimientos y aproximaciones a la vida como tal, aprendiendo valores, y comportamientos que luego serán reproducidos en la edad adulta. El maltrato puede ser físico o psicológico. Con este último podemos considerar insultos, menosprecios tales como: "este niño es aragán", "sos un bueno para nada", "te pareces a tu papá" (como un mal referente). Incluyamos también desatenciones: ropa sucia, falta de aseo personal, permisibilidad en ver programas televisivos o jugar juegos inapropiados.

Luego la sociedad moldea paradigmas, y otras formas comportamiento, aquí los maestros y las escuelas toman un papel preponderante, puesto que son la segunda fuente de aprendizaje de los esquemas básicos y rectores del desarrollo y comportamiento de todo ser humano, que acude a ella para educarse. 

La sociedad en general, el Estado y los gobiernos juegan un papel importante en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. El estado debe promover la difusion y respeto de los derechos contenidos en las leyes a favor de los niños y niñas... sancionar a quienes abusen de sus derechos y desarrollar programas para atender las necesidades de aquellos niños que por diversas razones están siendo descuidados. La sociedad tiene como responsabilidad denunciar el irrespeto de los derechos y exigir a las autoridades un efectivo trabajo para la protección de la niñez y la adolescencia.



Si el niño, niña o adolescente en este trinomio de educación recibe maltratos y todo tipo de abusos en sus derechos fundamentales, no puede esperarse que de grande respete o genere un ambiente de cordialidad.

Las estadísticas arrojan que aproximadamente un 20% de las mujeres manifiestan haber sufrido abusos en su niñez. Por el lado masculino, aproximadamente un 10% de los hombres ha referido abusos en la infancia. Lo alarmante es que casi el 50% de los niños de ambos sexos refieren maltratos físicos en algún momento de su vida.

La OMS define como maltrato infantil todos los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, estos incluyen todos los tipos de maltrato físico, psicológico, económicos, abuso sexual, desatenciones, negligencia y explotación comercial, o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño.

La definición de la OMS incluye: “La exposición a la violencia de pareja también se incluye a veces entre las formas de maltrato infantil.” 

En nuestra sociedad actual suele suceder que los padres tengan conflictos de pareja, al tener discusiones acaloradas frente a sus hijos, estos reciben un tipo de violencia directa que afecta gravemente sus estados psicológicos y emocionales.

La violencia infantil es un mal social que puede ser disminuido sustancialmente, cuando los adultos tienen conciencia de su comportamiento frente a seres humanos con derechos y sumamente frágiles por su condición y edad.


La invitación de su servidor es frenar todo tipo de violencia infantil que este a su alcance, con los niños o adolescentes que vivan en su entorno, buscando de forma responsable y madura la mejor manera de educar, guiar o corregir a aquel niño, niña o adolescente, que hoy es un ser humano como cualquier otro, con derechos que deben ser respetados. Sabiendo además que a largo plazo ese pequeño niño, niña o adolescente será parte de una sociedad más evolucionada, digna y valerosa.

Fuente:
Maltrato infantil OMS

jueves, 24 de octubre de 2013

Día del niño y la niña.

Le llaman niño o niña, camina, habla, llora, grita, juega.. los grandes lo cuidan  y le dan cosas para satisfacer sus necesidades. Algunos le dan importancia a sus opiniones otros no... "que va entender, si está pequeño", dicen, "no se va a dar cuenta".

Eglantyne Jebb fue una Inglesa que dio vida a la Save The Children Fund en 1920 una de las primeras Organizaciones Internacionales que lucha por satisfacer las necesidades y defender los derechos de los niños a nivel mundial. A pesar de esto, hoy en día siguen los abusos contra muchos niños, por mencionar un caso reciente el asesinato de niños con armas químicas en Siria.

Algunos ejemplos actuales.
La niña no va a la escuela, mejor que vaya el niño.

La maestra castiga y denigra frente a los otros estudiantes al niño mal portado.

La Policía acosa y revisa corporalmente a los niños o adolescentes que visten aparentemente sospechosos.

En el semáforo los niños y niñas limpian parabrisas pidiendo una moneda instigados por sus padres. 

Está bien celebrar el día del niño con fiesta y piñata, pero también hay que enseñarles que tienen derechos, que pueden hacerlos valer, y exigir que se le cumplan. Hay que enseñar a los niños que nadie debe abusar de ellos: ni los maestros, ni los papás, ni la directora, ni la autoridad policial ni tampoco el señor que vende dulces fuera de la escuela. 


Para enseñar esto están los adultos quienes deben preocuparse por aprender sobre derechos de los niños y enseñar al menos a sus hijos cómo defenderse.



Gracias por visitar este blog.

domingo, 20 de octubre de 2013

Cómo hacer un aborto casero.

Bienvenido a este sitio, donde su derecho es respetado. Aquí puede encontrar las razones para dar ese paso que le evitará problemas, habladurías y sobre todo cargos de conciencia.

Un error cualquiera lo comete, menos mal que para todo hay solución.

Es difícil encontrar un sitio que aborde el tema del Derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo, inclusive el derecho a decidir cuándo ser madre y cuándo no. 

Para el ordenamiento jurídico vigente en El Salvador, el derecho a escoger cuándo ser madre queda relegado, frente a un derecho de vida ya existente. Desde que existe vida en su vientre, su derecho a escoger cuándo ser madre, o a decidir qué hacer con su cuerpo, es superado por el derecho a la vida del embrión que ahora crece en su cuerpo.

Usted está a tiempo de frenar un caos en su vida. Escuche este vídeo y sea realista. Tome luego su decisión.


El tema "Cómo hacer un aborto", solo es un gancho para evitar que cometa un delito. Al final Usted decide ser la asesina de una vida indefensa o ser la heroína de una vida.
Si el artista que canta en el vídeo citado más abajo no le gusta, puede ver estas otras canciones: Trigo Limpio - Adiós mamá/ Shakira - Se quiere se mata./ Nirvana -  Heart Shape Box / Los Yonics - déjame vivir.


Pasos previos para un aborto casero.

Bienvenido a este sitio, donde su derecho es respetado. Aquí puede encontrar las razones para dar ese paso que le evitará problemas, habladurías y sobre todo cargos de conciencia.

Un error cualquiera lo comete, menos mal que para todo hay solución.

Usted está a tiempo de frenar un caos en su vida. Escuche este vídeo y sea realista.


PASOS PARA UN ABORTO
PASO 1
TOME LA DECISIÓN BASADA EN EL DERECHO
ESCUCHA ESTE AUDIO:





DERECHO A LA VIDA.

Recuerde: lleva una estrella en su vientre, un humano vivo. Uno indefenso, uno que no ha hecho nada para ser condenado a muerte

Probablemente Usted pasó, o esté pasando por una situación de abusos... pero esa pequeña vida que aun se gesta en su vientre, no está ahí por azares del destino, mala suerte o infortunio.

Esto es para Usted: esa nueva vida significa esperanza, alegría, soluciones, ideas nuevas a un mundo carente de valores. De Usted depende la continuidad de la vida, de la esperanza.

Ese bebe tiene derechos al igual que Usted... y al igual que a Usted, a ese bebe solo Usted lo puede salvar o proteger.

Anímese a ser mamá. Será un cambio de vida, al fin de cuentas todo cambia. 


La Constitución de El Salvador, reconoce la vida humana desde el momento de la concepción. La concepción del ovulo se da inmediatamente ha sido fecundado el ovulo de la mujer por el espermatozoide del hombre. 
El aborto esta condenado como un delito que atenta contra la vida humana, penado con prisión  pero la mayor condena se encuentra en el interior de la madre que lo practica: un cargo de conciencia para toda la vida. Para toda la vida... es toda.
En la escala de derechos protegidos por todo el Derecho como ciencia, la vida es uno de los máximos bienes de la humanidad y es protegido casi en todos los cuerpos legales del mundo, salvo lamentables excepciones. 
Sea cual sea su condición... o circunstancia, es hoy su momento de mostrar cuantas agallas tiene para enfrentar la vida y sus vicisitudes.


PASO 2
NO HAGA UN ABORTO.

Hay grandeza en el la mujer que, 
a pesar de sus tropiezos y desdichas, 
devuelve amor y vida. 
Es cosa que solo las heroínas entienden!

Tema musical: Llevas una estrella en tu vientre. 
Autor : Ricardo Arjona. 

sábado, 19 de octubre de 2013

Conducción peligrosa o temeraria.

En El Salvador es conocido como conducción peligrosa, comandar un vehículo automotor  por las vías públicas, transgrediendo las reglas impuestas por la ley o la autoridad. 

Anteriormente esta acción delictiva era conocida como "conducción temeraria". Vale decir que la primera idea que se asoma para muchas personas, al escuchar la palabra "temeraria", es la idea de valor, aguerrido, agallas... características para ser contratado como chofer del transporte público en casi toda latinoamérica. En realidad el diccionario define la acción temeraria, como aquella que no tiene fundamento ni razón, y se hace o se dice sin pensar en las consecuencias que pueda tener. 
Que bien por el cambio de "temerario" a "peligroso". La palabra "peligroso" encaja mejor en el comportamiento sancionado. Es lamentable que para llegar a esta feliz conclusión, los ciudadanos pagamos a los diputados de la Asamblea Legislativa de El Salvador, varias horas de trabajo, habiendo muchos otros temas de mayor urgencia.
Conductor peligroso. Cortesía de Arte RM
 Conducir un vehículo automotor es una  responsabilidad. La falta de cuidado al conducir puede llevarle a la cárcel. 

El Código penal establece una pena de prisión de 1 a 5 años, o más, según existan agravantes en un accidente de tránsito que concuerde con el delito de conducción peligrosa.

El Artículo 147-E del Código Penal considera conducción peligrosa:
  • Transgredir las normas de seguridad vial.
  • Disputar la vía entre vehículos.
  • Realizar competencias de velocidad en la vía pública.
  • Conducir bajo los efectos de drogas o en estado de ebriedad.

Las primeras 72 horas en prisión.

Conductor Temerario. Cortesía de Arte RM

Una persona capturada por la autoridad, por cometer el delito de conducción peligrosa, es trasladada a la bartolina de la Policía, donde deberá aguardar 72 horas mientras es puesto a la orden del juez.

Llegado el día del Juicio se presenta el imputado, su abogado defensor, el fiscal del caso y las victimas ante el juez correspondiente.

En la reunión denominada “Audiencia Inicial”, el juez emitirá una sentencia donde el imputado debe continuar con el proceso penal bajo custodia de la autoridad, o bien aprobando una conciliación entre víctima(s) e imputado.

¿Cuánto tiempo se tarda un juicio?

Un proceso para establecer la responsabilidad penal, puede durar varios meses, dependiendo de lo saturado de trabajo que se encuentre el tribunal que ventila el caso.

Un factor determinante es el daño ocasionado en el accidente: cuántas víctimas hay en el accidente; si existe homicidio culposo o bien otras circunstancias que agravan el delito, etc.

En algunos casos donde no hay graves daños, el imputado puede permanecer solo 72 horas en prisión, luego ser puesto en libertad bajo ciertas condiciones impuestas por el juez del caso. En todo caso esas 72 horas no son nada gratas: las bartolinas son similares a mazmorras de la antigüedad. Totalmente diferente a las imágenes de telenovelas o vídeos de cine.

La responsabilidad penal implica cumplir una condena impuesta por la ley: privación de libertad y privación del derecho de conducir.

La responsabilidad civil implica una sanción económica por los daños ocasionados a la víctima o personas afectadas al cometer el delito.

El imputado tiene derecho a ser defendido por un abogado de su elección desde el momento de su detención. 

Deje un comentario en este blog.

jueves, 10 de octubre de 2013

¿Qué es el usufructo?

La palabra usufructo es un término utilizado en el ámbito jurídico para designar un derecho real, que consiste en la facultad de gozar de una cosa, con cargo de conservar su forma y substancia, y de restituirla a su dueño pasado cierto tiempo.

Cuando se menciona que es “un derecho real” se refiere a derechos que recaen sobre cosas materiales. La palabra real proviene del latín “realis” que significa real, verdadero, relativo a las cosa, porque proviene de “res”. En consecuencia este “derecho real” se constituye sobre cosas materiales, como por ejemplo: un carro, una casa o un inmueble; también en cosas pequeñas: un juego de platos, un juego de cubiertos, un par de zapatos… en fin cualquier cosa material puede ser objeto del derecho real de usufructo.

La facultad derivada consiste en disfrutar del uso y el fruto que esa cosa pueda generar. Así quien tiene una casa en calidad de usufructo puede vivir en ella, dormir en ella, entrar y salir cuando así lo desee, cortar las frutas de los árboles que están sembrados dentro del patio o jardín.

Todo derecho tiene límites, en el usufructo se demarca en los siguientes aspectos: conservar la forma de la cosa usufructuada, conservar la substancia de la cosa usufructuada y finalmente restituir la cosa al dueño. 

También la facultad de gozar del fruto y uso, tiene un tiempo determinado de existencia, el cual debe ser establecido por el propietario de la cosa y quien recibe el usufructo: así cuando se entrega un carro en calidad de usufructo, quien lo recibe, debe entregarlo al dueño en las mismas condiciones que lo recibió.

En el usufructo intervienen dos personas: el usufructuario que es la persona que tendrá la facultad de gozar del uso y los frutos de la cosa, y por el otro lado el usufructuante o propietario de la cosa.

En este caso particular hay dos derechos que habrá de distinguirse claramente: la nuda propiedad, que corresponde al propietario, nunca la pierde ni la suspende. A las facultades que se atribuyen a toda propiedad se le sustraen… (Sustraen por decirlo de forma explicativa), momentáneamente el uso y el goce de la cosa. Cuando se constituye el usufructo esas facultades se le reconocen al usufructuario, es decir que puede gozar del uso y los frutos de la cosa, sin llegar a ser el propietario de la cosa.

¿Para qué sirve un usufructo? En la práctica las personas usan el usufructo para diferentes fines. Un ejemplo es cuando una persona es propietaria de una casa en la playa o en la montaña, y no la visita muy a menudo, en ocasiones, le da las facultades de gozar del uso y frutos a otra persona, con el objeto de que no se deteriore por descuido o falta de uso. En muchos casos es un convenio puramente verbal, pero cuando recae sobre inmuebles debe constar en un documento y realizado ante un Notario de la República.


Consulte más sobre el usufructo, o navegue en otros temas… buscando en la columna 
a su derecha de la pantalla.

miércoles, 9 de octubre de 2013

Crimen autorizado.


Sobran las anécdotas tristes de crímenes, abusos e injusticias en cualquiera de los países latinoamericanos, El Salvador no escapa de esta situación; México también forma parte de esta lamentable realidad.

Tuve la oportunidad de ver el reportaje presentado por un noticiero de la cadena televisiva UNIVISION donde se presenta el caso de una persona que fue víctima del crimen organizado en ese país; luego de ser extorsionado, y al no poder pagar el dinero que se le exigía, los criminales le cercenaron las piernas, lo dejaron con vida, pero la secuelas han sido irreparables tanto físicas como emocionales y familiares. 

Es ahí donde escucho el término “crimen autorizado” que me dio ideas para escribir sobre esos delitos que son cometidos tan a menudo por profesionales, funcionarios y autoridades y también por delincuentes.

Ya lo mencionaba en otro momento, sobre el homicidio piadoso, que está regulado y sancionado con prisión en el Código Penal, pero en la práctica es uno de esos crímenes autorizados que se cometen a diario en los nosocomios públicos. No es autorizado expresamente pero las autoridades se hacen de la vista gorda y dejan pasar el crimen como algo tolerable.

Igual pasa con otros crímenes tan indignantes como inhumanos, huelgas por galenos en hospitales de la red pública, donde el afectado es el más pobre, aquel que va al sistema de salud pública por que no tiene cómo pagar un médico particular, o cómo costearse las medicinas. Sin embargo con fines de obtener un beneficio sectorial suspenden actividades que atentan contra derechos fundamentales de la población

El sistema penal que opera en El Salvador ha sido criticado por ser garantista de derechos de los reos, de personas en privadas de libertad o en vías de investigación.  ¿Y la víctima?... desprotegida, vulnerable sin asistencia por parte del Estado. Esto no ha cambiado ni se observa un claro interés político de mejorar este aspecto. Otro crimen autorizado: garantizar los derechos al reo desprotegiendo a la victima que a su vez es re-victimizada por el lento y engorroso sistema judicial.

Volviendo al caso del documental de UNIVISION, este presentaba el comentario de un abogado que busca obtener asilo en Estados Unidos para su cliente, quien fue amputado de las piernas; mencionaba que crimen autorizado es el cometido por el crimen organizado en determinados estados o municipalidades locales, y donde no son sancionados, o si son perseguidos, rara vez son resueltos favorablemente para la víctima. De ahí que muchos decidan huir, abandonar su tierra y buscar refugio, so pena de ser asesinados y pasar a formar parte como un numero mas de las estadísticas.

¿Qué es el Ministerio Público?.

La Constitución de El Salvador, en el artículo 191, expresa que el Ministerio Público está integrado por el Fiscal General de la República, el Procurador General de la República, y el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.


De forma conjunta estas tres instituciones ejercen el Ministerio Público. Básicamente se encargan de defender los derechos y exigir, por medio de las instituciones encargadas, que se haga efectiva la ley existente, buscando prevalecer la justicia.

El Fiscal General de la República defiende los intereses del Estado y la sociedad, investigando delitos, promoviendo juicios contra los delincuentes en cualquier rama del Derecho.

El Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, se encarga de velar por el respeto y garantía de los Derechos Humanos, de toda persona que se encuentre en el territorio salvadoreño, sea nacional o extranjera; igualmente puede investigar casos de violaciones a los Derechos Humanos y promover juicios contra las personas que los hayan violentado.

El Procurador General de la República funcionario que encabeza la Procuraduría General de la República, es la institución encargada de brindar asistencia legal a las personas de escasos recursos y representarlos judicialmente, entre otras atribuciones especificadas en su ley de creación.

Haga comentarios, o investigue otros temas de su interés contenidos en la columna de este blog, ubicados a lado derecho de su pantalla.

miércoles, 2 de octubre de 2013

Trabajo en El Salvador. La Justicia básica.

Obtener un empleo se ha convertido en un reto para cualquier persona, cuando al fin se logra obtener uno, por lo general, el trabajador siente alegría, esperanza en mejorar su condición económica y a la vez se siente agradecido con su patrono por haberle dado la oportunidad de trabajar y así obtener el sustento para su familia o satisfacer sus necesidades.

Es importante dimensionar cada situación en su justa medida. A) El trabajador vende sus servicios, su tiempo, su esfuerzo mental, habilidades o su fuerza física. Por otro lado el empleador o patrono al recibir un beneficio de su empleado, debe pagar según lo haya convenido. Este tipo de contratos se conocen técnicamente en el ámbito jurídico como contratos bilaterales o sinalagmáticos. Son llamados así porque en ellos hay obligaciones recíprocas para ambos contratantes (patrono y empleado). En materia laboral un contrato surge con la sola subordinación de dos días consecutivos a la orden de un patrono, aunque también puede ser escrito. Vea el Código de Trabajo de El Salvador en los artículos 19 y 20.

Cuando Usted busque un empleo véalo como un negocio donde su empleador pagará por sus servicios. Cuando Usted obtenga un empleo defina claramente cuáles son sus obligaciones y deberes por los cuales le pagarán. En este punto habrá que diferenciar entre ser un empleado servicial, uno servilista; un empleado explotado o uno respetado. Ser un patrono explotador un patrono justo.

B) Ser una persona agradecida, y ser un empleado servicial que está a la orden de su patrono cuando éste así lo solicita, incluso realizando “ocasionalmente” actividades para las cuales no le contrataron, está bien, es sano, es loable y debe ser reconocido como una aptitud destacada y positiva de parte del empleado que busca superarse.

Pero pasar  a reverenciar al patrono porque le paga un salario o sueldo, realizando “cualquier” actividad que le solicite, no es adecuado especialmente por que fomenta el abuso en los derechos del trabajador por parte del patrono, pasando el empleado de ser servicial a servilista, si es consciente y deliberado en hacer todo lo que su patrono le pide. Cuando el empleado hace todo lo que el patrono le solicita porque teme ser despedido… o porque ni modo, pasa de ser un empleado respetado en sus derechos, a ser uno abusado y explotado. A veces se escucha decir: -Juan hacía más trabajo por menos dinero-. Ante tal afirmación habrá que analizar si Juan era abusado, una persona servilista o extremadamente noble.

Es aquí cuando la justicia debe imperar: un trabajador no es un esclavo, es una persona con derechos, es una persona que pone a disposición de su patrono su tiempo de vida, una vida que está limitada a 60 o 70 años, de tal forma que cada minuto puesto a disposición del patrono no volverá a vivirlo jamás. En este sentido la remuneración debe ser justa y adecuada para satisfacer las necesidades del trabajador beneficiando a su vez al patrono.

Consecuentemente el patrono debe comprender y asimilar que si bien paga a su empelado un salario o sueldo, éste debe corresponder al esfuerzo que el empleado realiza en su labor, cuidando de no abusar de su condición de patrono o exigiendo un esfuerzo sobre humano en las actividades que le solicita realizar.

Los derechos laborales han sido una conquista que debe protegerse. Su establecimiento costó muchas vidas y sangre humana a través de la historia. Como empleado defienda sus derechos laborales de forma adecuada estableciendo los límites a su patrono cuando exista abuso. Como patrono reconozca, acepte y respete los derechos de sus trabajadores que no son sus esclavos, son seres humanos y merecen consideración.

Con estas líneas no estoy fomentando las huelgas o paros laborales, se busca la sana concepción de justicia en el ámbito laboral. Por su puesto estoy en desacuerdo con las protestas de servidores públicos que afectan directamente a los usuarios, quienes no tienen responsabilidad por pésimas decisiones de políticos o patronos que de forma obstinada sostienen un erróneo enfoque de la justicia en el ámbito laboral.

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece en su artículo 23.1 que “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.

Recomiendo especialmente leer el Ensayo de Alberto Masferrer titulado “Minimun Vital”.

¿Tiene Usted una opinión al respecto?, deje un comentario en este blog.

Advertencia legal - consejo gratis.

 Advertencia legal - consejo gratis. Al comprar un carro verifica este artículo de la ley. Articulo 17. Ley de transporte Terrestre, tráns...